T-707 de 2010
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Clara Susana Chaustre Sanchez Y Otros·Demandado Tribunal Administrativo Del Tolima
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que autoridad judicial no podía aplicar régimen de responsabilidad objetiva por cuanto solo resulta procedente frente a soldados conscriptos
- Improcedencia por no existir defecto fáctico
- Caso en que la sentencia proferida no se enmarca en ninguna causal especifica procedibilidad
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso, defensa, igualdad.
Los accionantes iniciaron un proceso contencioso administrativo de reparación directa contra la Nación, en el cual sus pretensiones les fueron negadas, por lo cual interpusieron recurso de apelación, el cual se inadmitió en razón de la cuantía del proceso, consideran que esta situación es constitutiva de una vía de hecho ya que se incurrió en un defecto fáctico por indebida valoración de las pruebas.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, se verifica el cumplimiento de los requisitos generales de procedibilidad, se encuentra que la sentencia proferida por la autoridad judicial accionada no se enmarca en ninguna de las causales específicas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales, la decisión cuestionada es resultado de una razonable apreciación de las pruebas aportadas al proceso y de una adecuada aplicación de los criterios jurisprudenciales que definen el marco de la acción de reparación directa, por lo tanto se decide no acceder a sus pretensiones.
Niega.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia objeto de revision, dictada por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Seccion Cuarta, el 18 de noviembre de 2009, mediante la cual decidio rechazar por improcedente la accion de tutela promovida por Clara Susana Chaustre Sanchez, Amaury de Jesus Del Rio Castro, Claudia Susana, Martha Carolina y Andres Francisco Del Rio Chaustre, contra la Sentencia de unica instancia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima, dentro de la accion de reparacion directa que los accionantes instauraron contra la Nacion -Ministerio de Defensa- Ejercito Nacional. En su lugar, se NIEGA el amparo deprecado, por no encontrar la Corte que la autoridad judicial accionada haya incurrido en un defecto factico.
- SEGUNDO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.