Sentencia de Tutela22 de julio de 2004
T-690 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Jhon Richard Barrios Gonzalez Vs. Inpec Y Otra
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Dignidad A No Ser Sometido A Tratos Y Penas Crueles Inhumanas Y Degradantes Y A La Intimidad Personal Propia Y De Familia De Interno Por Requisas Ofensivas A Que Son Sometidos Los Reclusos Por Autoridades De Las Carceles Para Garantizar Orden
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Intimidad Y Dignidad Del Interno
- Respeto
- Requisitos denigrantes
Derecho A No Ser Sometido A Torturas Ni A Tratos O Penas Crueles, Inhumanos O Degradantes
- Marco constitucional del registro sobre el cuerpo de personas
Requisa En Establecimiento Carcelario
- Prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes en requisas a internos y visitantes
- Prohibición de requisas visuales o por contacto sobre cuerpos desnudos a internos y visitantes
Derechos Del Interno
- Relación especial de sujeción con el Estado
- Relación de especial sujeción entre el Estado y las personas privadas de la libertad
Establecimiento Carcelario
- Autorización de requisas superficiales a internos y visitantes
- Requisa debe ser razonable
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Cartagena y por la Sala Penal del H. Tribunal Superior de la misma ciudad el 23 de octubre y el 5 de diciembre de 2003 para negar el amparo constitucional impetrado por John Richard Barrios Gonzalez contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC y la Carcel del Circuito de Cartagena San Sebastian de Ternera.
- Segundo. CONCEDER al actor la proteccion constitucional de su derecho fundamental a la dignidad, a no ser sometido a tratos y penas crueles inhumanas y degradantes, a la intimidad corporal de su persona y de su familia. En consecuencia el Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC y la Directora de la Carcel de Circuito de Cartagena Sebastian de Ternera impartiran las instrucciones necesarias para que, de manera inmediata, las requisas personales de las personas recluidas en el penal y de quienes los visitan se sujeten a las previsiones de la Ley 65 de 1993 y a la Circular 035 del 26 de marzo de 1997, y para que las intervenciones corporales se sujeten a las previsiones legales y constitucionales sobre la materia, de ser necesarias.
- Tercero. PREVENIR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC para que instruya a las autoridades carcelarias y penitenciarias a fin de inmediatamente cesen los procedimientos que obligan a los internos y a quienes los visitan a despojarse de su ropa y a adoptar posiciones y movimientos indecorosos, con el fin de detectar elementos prohibidos, como tambien los registros y comprobaciones y tactos sobre sus cuerpos con igual proposito. En consecuencia el Instituto instruira a las carceles y penitenciarias sobre las requisas o cacheos superficiales y los dotara -en especial a la Carcel del Circuito de Cartagena- de la tecnologia apropiada con que cuentan algunos reclusorios del pais, que les permiten determinar la presencia de elementos prohibidos sin someter a los reclusos a tratos crueles, inhumanos y degradantes. Oficiese
- Cuarto. Informar a la Procuraduria General de la Nacion sobre el Manual de Procedimientos que instruye a las autoridades carcelarias y al personal de guardia sobre como efectuar una requisa, remitido por la Directora (E.) de la Carcel del Circuito de Cartagena, y sobre la denuncia formulada por el actor, para que adelante las investigaciones y establezca los correctivos del caso. Oficiese
- Quinto. Poner a la Fiscalia General de la Nacion al tanto de los procedimientos de requisa e intervenciones corporales adelantadas por el personal de guardia de la Carcel del Circuito de Cartagena, autorizadas por la Direccion del Penal, para las investigaciones correspondientes. Oficiese.
- Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a21
T-499/03Derechos A La Igualdad Libre Desarrollo De La Personalidad E Intimidad De Internas. Reglamentacion Visitas Intimas Lesbicas En Centros De Reclusion. Cumplimiento De Requisitos Para El Ingreso. Uso Beneficio Del Permiso De 72 Horas. Concedida.T-881/02Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Reclusos. Autonomia Individual. Suministro Servicio Publico De Energia. Corte Suspension O Racionamiento. Llamado A Prevencion. Relaciones Especiales De Sujecion. Investigacion Disciplinaria. Carencia Actual DT-269/02Derecho A La Vida Proteccion A La Familia Libre Desarrollo De La Personalidad Y Dignidad Humana De Visitantes Del Interno. Visita Intima. Requisas Para El Ingreso A Establecimiento Carcelario. Desarrollo De La Sexualidad. Juicio De Proporcionalidad. LlamaT-1108/02Derecho De Peticion Y Debido Proceso De Los Internos. Solicitud Reestablecimiento Servicio De Energia. Respuesta Clara Y Oportuna. Pago Oportuno De Servicios Publicos Domiciliarios. Llamado A Prevencion. Inpec. Concedida.T-702/01Derecho A La Dignidad De Persona Privada De La Libertad Y A No Ser Sometido A Tratos O Penas Crueles Inhumanas O Degradantes. Requisa Rutinaria De Partes Intimas Que Se Le Practica Al Interno. Traslado De Los Reclusos Esposados Entre Las Diferentes DependT-966/00Derecho A La Igualdad. Libertad. Debido Proceso Y Defensa. Traslado De Reclusos Para Audiencia Publica De Juzgamiento. Delito De Homicidio. Concedida.
Ver las 21 →Citada por37
T-004/23Extensión Del Estado De Cosas Inconstitucional En Materia Carcelaria-Órdenes Particulares Para Atender Problemas De Hacinamiento, Salubridad, Alimentación Y La Garantía Del Derecho De PeticiónT-279/22Derecho A La Libertad De Cultos, A La Diversidad Étnica Y Cultural En Establecimiento Carcelario Y/O Penitenciario-Vulneración A Persona Afrodescendiente Privada De La Libertad, Al Prohibirle El Uso De Cabellera Conforme A Sus Costumbres.SU.122/22Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado-Reglas Jurisprudenciales Relacionadas Con La Privación De La Libertad. Extensión Del Estado De Cosas Inconstitucional En Materia Carcelaria Al Hacinamiento De Personas Privadas De La Libertad En Centros De Detención Transitoria.T-259/20Derecho A La Dignidad Humana De Personas Privadas De La Libertad. Vulneracion Por Requisas Indignas Y Degradantes A Familiares Y Amigos Visitantes De Los InternosC-255/20Medidas De Prevención De Contagio Y Propagación Del Virus Covid19 En Centros De Privación De La Libertad Con Hacinamiento.T-609/19Derecho Fundamental A La Dignidad Humana Y La Integridad Personal En Procedimiento De Registro A Personas En Centro Carcelario.
Ver las 37 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.