Micelio
Sentencia de Tutela18 de abril de 2002

T-269 de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jenny Alexandra Santos Velez Vs. Penitenciaria Nacional De Valledupar

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Proteccion A La Familia Libre Desarrollo De La Personalidad Y Dignidad Humana De Visitantes Del Interno. Visita Intima. Requisas Para El Ingreso A Establecimiento Carcelario. Desarrollo De La Sexualidad. Juicio De Proporcionalidad. Llama
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, Sala Penal, el 8 de agosto de 2001, por las razones expuestas en la parte motiva y, en consecuencia, CONCEDER PARCIALMENTE la tutela al derecho a la visita íntima en conexidad con el derecho a la vida en condiciones dignas, la protección a la familia y el libre desarrollo de la personalidad.
  2. Segundo. PREVENIR a la Penitenciaría Nacional de Valledupar para que no acuda a la realización de requisas vejatorias y contrarias a la dignidad humana para el ingreso al establecimiento carcelario de los visitantes de los reclusos.
  3. Tercero. PREVENIR a la Penitenciaría Nacional de Valledupar para que realice los esfuerzos necesarios para que las visitas íntimas se puedan realizar con mayor frecuencia.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Penitenciaría Nacional de Valledupar que en el término de 48 horas, posteriores a la notificación de la presente sentencia, realice las adecuaciones logísticas necesarias para que la señora Jenny Alexandra Santos Vélez y su compañero ingresen de manera simultánea al cubículo desde el momento de inicio de la visita íntima.
  5. Quinto. ORDENAR a la Penitenciaría Nacional de Valledupar que en el término de 48 horas, posteriores a la notificación de esta sentencia, suministre los medios necesarios para la garantía de la salubridad de los usuarios de cubículos de visitas íntimas de acuerdo a lo expuesto en la parte motiva.
  6. Sexto. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.