T-688 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Leoniza Giron Mamian Como Agente Oficiosa De Egna Tatiana Guzman Giron·Demandado Colegio Precoperativo Ateneo Autonomo De Colombia Sede Timana
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Obligación de brindar educación a sus hijos
- Derechos y obligaciones para con los hijos
- Estado, sociedad y familia directos responsables
- Vulneración por institución educativa al negar cupo a menor de 16 años para estudiar los sábados
- Cualquier persona está legitimada para solicitar amparo constitucional de sus derechos fundamentales
- Abuela en representación de menor
- Fundamental autónomo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Educación.
En el presente asunto se incoa la acción constitucional en representación de una menor de edad que tuvo que dejar sus estudios debido al abandono de su madre y la consecuente obligación de cuidar de sus cinco hermanos, mientras su padre trabaja para conseguir el sustento diario.
La vulneración de derechos se da con la negativa del Colegio Precoperativo Ateneo Autónomo de Colombia, sede Timaná (Huila), de permitirle a la menor matricularse en la jornada académica sabatina, bajo el argumento de cumplir con el artículo 23 del Decreto 3011 de 1997 que establece una edad mínima requerida para acceder a dicha jornada en la modalidad de ciclos lectivos integrados de educación.
Luego de realizar un breve recuento del derecho a la educación y pronunciarse sobre los deberes de los padres de familia, la Sala CONCEDE la tutela y ordena al colegio accionado matricular a la representada en el próximo ciclo académico, si ella así lo desea.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (11 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo de la Unidad Judicial Municipal de Timaná - Huila, del 20 de febrero de 2012, dentro de la acción de tutela promovida por la señora Leoniza Girón Mamian quien actúa como agente oficiosa de la menor Egna Tatiana Guzmán Girón y en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental a la educación.
- SEGUNDO. TUTELAR el derecho a la educación y ordenar al Colegio Precooperativo Ateneo Autónomo de Colombia sede Timaná- Huila, que matricule a Egna Tatiana Guzmán Girón al próximo ciclo académico si esta así lo desea.
- TERCERO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- ADRIANA GUILLEN ARANGO
- Magistrada (E)
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- Ausente en comisión
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.