T-450 de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Ana·Demandado Colegio International
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que colegio expidió certificados académicos, previo acuerdo de pago
- Reiteración de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La accionante, actuando en representación de sus dos hijos menores de edad, considera que la entidad e accionada vulneró el derecho fundamental a la educación, al retener los certificados académicos solicitados para iniciar el trámite de matrícula en otra institución académica.
Luego de constatar la entrega de los certificados académicos solicitados y la suscripción de un acuerdo de pago, la Corte declaró la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.
No obstante, la Sala de Revisión estimó pertinente recordar que, de conformidad con los artículos 44 y 67 de la Constitución, la garantía del derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes es una obligación de la familia, la sociedad y el Estado, quienes deberán velar por su efectividad y el ejercicio pleno de sus derechos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR las decisiones proferidas por el Juzgado Dieciséis de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá D.C. el 17 de febrero del 2023, y del Juzgado Veintiuno Civil del Circuito de Bogotá D.C. el 28 de marzo de 2023, las cuales negaron el amparo solicitado por Ana en contra del Colegio Internacional. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.