T-658 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Olegario Duarte Duarte Vs. Procuraduría General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Diferentes situaciones que debe examinar el juez de tutela
- Eventos que se pueden presentar
- Defecto sustantivo
- Por no aplicación de excepción de inconstitucionalidad
- Procedencia por desconocimiento de sentencias con efectos erga omnes y del precedente
- Procedencia para cumplimento de fallos judiciales
- Pago proporcional a la fracción de año laborado a los servidores públicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso la igualdad y al trabajo en condiciones dignas y justas de exfuncionario de la procuraduria a quien se le nego el reconocimiento y pago proporcional de sus vacaciones.
Solicita se ordene el reconocimiento proporcional de sus vacaciones.
La tutela como mecanismo para asegurar la aplicación de un fallo de constitucionalidad.
Doctrina constitucional de la sentencia c-897 de 2003.
Cuando quiera que un trabajador que por lo menos lleve un año de servicio sea retirado o se termine con su contrato de trabajo se le deben compensar en dinero de manera proporcional las vacaciones que no haya disfrutado aunque no se hubiere causado el nuevo periodo de vacaciones.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C., del dieciocho (18) de enero de dos mil cinco (2005), que denego el amparo al derecho a la igualdad y al trabajo del senor Olegario Duarte Duarte.
- SEGUNDO. TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al trabajo en condiciones dignas y justas, del senor Olegario Duarte Duarte. En consecuencia, ordenar a la Procuraduria General de la Nacion, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente providencia compense en dinero, al senor Olegario Duarte Duarte, proporcionalmente la fraccion de tiempo laborado entre el 19 de enero y el 31 de octubre de 2004.
- TERCERO. Por Secretaria, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 21591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.