T-570 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Katerine Cecilia Ortega Gutierrez·Demandado Comparta E.P.S. S
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación ante la existencia de dudas acerca de si el servicio de salud es de carácter estético o funcional que amerite inclusión o no en el POS
- Deber de las EPS autorizar la práctica de cirugías de reducción del tamaño de los senos con propósitos funcionales, por estar incluidas en el POS
- Carácter progresivo
- Diferencias entre mamoplastia reductora de carácter estético y funcional
- Orden a EPSS autorice la práctica de la cirugía mamoplastia de reducción bilateral ordenada por el médico tratante
- Vulneración por EPS cuando niega un servicio incluido en el POS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este asunto se alega vulneración de derechos fundamentales por parte de la E.P.S.
S COMPARTA, en tanto decidió negarle a la accionante la autorización para la práctica de una mamoplastia + pexia mamaria bilateral reductora ordenada por el médico tratante, bajo el argumento de ser un servicio no contemplado en el POS que no requiere ser autorizado porque no existe riesgo para la vida de la paciente.
La Sala reitera las reglas jurisprudenciales relativas a la vulneración del derecho a la salud cuando se niega un servicio incluido en el POS, el carácter progresivo del derecho a la salud y el deber de las E.P.S. de autorizar la práctica de cirugías de reducción del tamaño de los senos, cuando tienen propósitos funcionales.
Se CONCEDE la protección de los derechos fundamentales a la salud y la vida digna y, se ordena a la accionada autorizar el procedimiento quirúrgico requerido por la actora.
Se le advierte a la E.P.S. demandada abstenerse de incurrir en la conducta que dio origen a la presente acción de tutela y poner en marcha las acciones necesarias para que a la actora se le brinde la atención integral necesaria para el manejo de la hipertrofia mamaria que presenta.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela del veinticuatro (24) de enero de 2013, proferida por el Juzgado Quince Civil Municipal de Barranquilla que negó el amparo solicitado por Katerine Cecilia Ortega Gutiérrez. En su lugar CONCEDER la protección de los derechos fundamentales a la salud y la vida digna.
- SEGUNDO. ORDENAR a Comparta EPS-S que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, autorice a Katerine Cecilia Ortega Gutiérrez la práctica de la cirugía mamoplastia de reducción pexia mamaria bilateral ordenada por el médico tratante.
- TERCERO. PREVENIR a Comparta EPS-S se abstengan de incurrir en la conducta que dio origen a esta tutela y ponga en marcha las conductas necesarias para que se le preste a Katerine Cecilia Ortega Gutiérrez la atención integral a la hipertrofia de mama que presenta.
- SÉPTIMO. Por la Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.