Micelio
Sentencia de Tutela21 de julio de 2011

T-564 de 2011

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Pedro Valencia Pizarro En Nombre De La Comunidad Indigena Koreguaje Y Otro·Demandado Instituto Departamental De Salud Del Caqueta

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Consecuencias
  • Diferencias
  • Improcedencia de la acción de tutela para cumplimiento de los fallos
Corte Constitucional
  • Competencia para hacer seguimiento al cumplimiento de la sentencia T-025/04
Derechos Fundamentales De Comunidad Indígena
  • Su titularidad como sujetos colectivos se adquiere en desarrollo del principio de diversidad étnica y cultural
Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Salud.

En el presente caso la Sala de Revisión analizó si el Instituto Departamental de Salud del Caquetá vulneró el derecho fundamental a la salud de las comunidades indígenas Koreguaje y Huitoto, desplazadas por la violencia, al no ofrecerles la atención diferencial en salud ordenada por el Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional, en el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004, en la cual se declaró el estado de cosas inconstitucional en relación con la grave situación de desplazamiento forzado en Colombia y a pesar de contar con las asignaciones presupuestales hechas por el Ministerio de la Protección social para tal fin.

La Sala concluye que la acción constitucional impetrada es improcedente, en virtud del principio de subsidiariedad, por la existencia de dos mecanismos judiciales para lograr lo que se solicita, como son el trámite de cumplimiento y el incidente de desacato.

Se decide declarar la IMPROCEDENTE la tutela y remitir el expediente a la Sala Plena de la Corporación para que se tramite como solicitud de cumplimiento de la sentencia T-025-04.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR, por las razones expuestas, el fallo proferido por el Juzgado
  2. Primero. Penal Especializado del Circuito de Florencia, para en su lugar DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela promovida por Pedro Valencia Pizarro, en nombre de la comunidad indigena Koreguaje, y Marcos Alirio Falla, en nombre de la comunidad indigena Huitoto, contra el Instituto Departamental de Salud del Caqueta.
  3. Segundo. REMITIR el expediente de la referencia a la Sala Plena de esta Corporacion para que sea tramitado como una solicitud de cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004.
  4. Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.