T-339 de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Angela Maria Rodas Herrera·Demandado Arl Positiva Compañia Nacional De Seguros S.A. Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inminencia, urgencia, gravedad e impostergabilidad de la tutela, deben encontrarse efectivamente comprobadas
- Obligaciones
- Orden a ARL reconozca y pague pensión de sobrevivientes a hijas menores del causante, como mecanismo transitorio hasta que la justicia ordinaria define controversia sobre reconocimiento en forma
- Requisitos y beneficiarios
- Requisitos de procedibilidad
- Caso en que se presenta error en la desafiliación del causante, esto es, fue desafiliado de la ARL un día antes de producirse su fallecimiento
- Las prestaciones deben ser reconocidas por la ARL independientemente de cualquier controversia sobre la responsabilidad en la afiliación o en la ocurrencia de
- Concepto, finalidad y beneficiarios
- Deberes y obligaciones de las Administradoras de riesgos laborales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atribuye a la ARL Positiva y a la Asociación la Cadena El Tigre la vulneración de derechos fundamentales de dos menores de edad, en tanto les negaron el reconocimiento y pago de la pensión de sobreviviente de su padre.
La Administradora de Riesgos Laborales argumentó que para la fecha exacta del siniestro el trabajador no se encontraba afiliado al Sistema.
Por su parte, la empresa empleadora adujo que la desafiliación, el día inmediatamente anterior a la ocurrencia de los hechos, se debió a un error humano.
Se reitera jurisprudencia constitucional relativa a la pensión de sobrevivientes, sus requisitos y beneficiarios de este derecho.
También se analiza temática relacionada con el Sistema General de Riesgos Laborales y los deberes y obligaciones propias de las ARL.
Se CONCEDE de manera transitoria el amparo solicitado y se ordena a la ARL demandada reconocer y pagar la prestación reclamada, mientras la jurisdicción competente define en forma definitiva la controversia pensional planteada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Por las razones y en los terminos de esta sentencia, REVOCAR el fallo del 19 de octubre de 2015, proferido por el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Pereira, Risaralda, que declaro improcedente el amparo solicitado, en su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la seguridad social, al minimo vital y a la dignidad humana de las menores Isabel Cristina Buritica Rodas y Valeria Buritica Rodas, de conformidad con las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. ORDENAR a la ARL Positiva Compania de Seguros que, en un termino de ocho (8) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, reconozca y pague la pension de sobreviviente reclamada por la peticionaria en representacion de sus hijas menores de edad, desde la fecha en que solicito su reconocimiento, como mecanismo transitorio, mientras la jurisdiccion competente define la controversia sobre el reconocimiento y pago de la pension de sobrevivientes en forma definitiva.
- Tercero. ADVERTIR a la senora Angela Maria Rodas Herrera sobre su obligacion de instaurar, dentro de los seis (6) meses siguientes a la notificacion de esta providencia, la accion ordinaria correspondiente, si aun no lo ha hecho.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.