T-298 de 2009
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Hernan Andrade Serrano·Demandado Diario Del Huila, Edicohuila S. A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que se entrega un documento bajo esta figura
- Alcance de la figura
- Caso en que se solicita que se suministre un documento que ha sido entregado bajo la figura de la reserva de la fuente
- Caso en que hubo vulneración del principio de imparcialidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos vulnerados buen nombre.
Solicita ordenarle al diario accionado la rectificación de la información referida a él y que además le sea entregado el documento de el cual el periodista obtuvo la información que luego fue publicada.
La sala recuerda que la reserva de la fuente, es una garantía constitucional y que por lo tanto el accionado no se encuentra en la obligación de revelarla, en cuanto a la rectificación de la información, se encuentra que ya fue publicada por el diario accionado, aclarando de donde provenía la información que se publicó en la noticia, por lo tanto no se encuentran vulnerados los derechos del actor y se decide negar el amparo de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. LEVANTAR la suspensión de los términos procesales ordenada mediante providencia del veinticuatro (24) de enero de dos mil ocho (2008).
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Huila, dentro de la acción de tutela instaurada por el Senador Hernán Andrade Serrano contra Edicohuila S.A. - Diario del Huila.
- Tercero. Líbrese por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.