T-203 de 2017
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Jose Ferney Rivera Villegas·Demandado Incauca Cosecha S.A.S
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración de derechos, por cuanto no se reubicó al accionante en un cargo compatible con su estado de salud
- Orden a empresa reubicar al accionante en un cargo compatible con su estado de salud
- Reiteración de jurisprudencia
- Jurisprudencia constitucional sobre procedencia excepcional
- Diferencias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atribuye a Incauca Cosecha S.A.S la vulneración de derechos fundamentales del actor, como consecuencia de no reubicarlo en un cargo diferente al de cortero de caña que desempeña, pese a existir un concepto del médico fisiatra que así lo recomienda, por la situación de salud que afronta.
Aduce el peticionario, que al no poder desempeñar óptimamente su labor, se afecta el promedio mensual del salario que percibe por la misma.
Se aborda temática relacionada con la estabilidad laboral reforzada de las personas en situación de debilidad manifiesta y el derecho a la reubicación laboral.
Se CONCEDE el ampro solicitado y se ordena a la demandada realizar la reubicación laboral del actor.
Se advierte a dicha empresa que, en caso de ser necesario, debe capacitarlo para que desempeñe la nueva labor en condiciones de dignidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en segunda instancia del trámite de tutela por el Juzgado Quince (15) Civil del Circuito de Oralidad de Cali el 22 de julio de 2016, en lo que se decretó la improcedencia del amparo constitucional. En consecuencia CONFIRMAR la decisión de primera instancia proferida por el Juzgado
- Sexto. (6) Civil Municipal de Cali del 13 de junio de 2016, a través de la cual se tutelaron los derechos constitucionales fundamentales a la salud, vida digna, mínimo vital e igualdad del señor José Ferney Rivera Villegas.
- Segundo. ORDENAR a Incauca Cosecha S.A.S que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la notificación de esta sentencia proceda a reubicar en un cargo compatible con su salud y diferente al de cortero de caña al señor José Ferney Rivera Villegas, en el que, además se le deberá garantizar una remuneración mensual igual o mayor al promedio de salarios devengados durante el lapso trascurrido entre junio de 2014 y junio de 2015 con sus respectivos incrementos, hasta tanto así lo indiquen los médicos tratantes o la autoridad médico laboral competente para calificar la capacidad laboral.
- Tercero. ADVERTIR a Incauca Cosecha S.A.S. que, en caso de ser necesario, deberá capacitar al señor José Ferney Rivera Villegas para que desempeñe la nueva labor en condiciones de dignidad.
- Cuarto. EXHORTAR a La Equidad Seguros de Vida para que dentro de un término oportuno adelante los trámites necesarios que se encuentren a su cargo dentro del proceso médico laboral del señor José Ferney Rivera Villegas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.