T-198 de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Reinaldo De Jesus Giraldo Calderon·Demandado Tribunal Administrativo De Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por desconocimiento del precedente del Consejo de Estado en relación con la vía procesal adecuada para discutir las cesantías y el reconocimiento de la sanción moratoria por su falta de pago opor
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Jurisprudencia del Consejo de Estado
- Jurisprudencia constitucional
- Diferencias
- Jueces pueden apartarse si exponen razones que justifiquen su decisión
- Definición
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atribuye la vulneración de derechos a la autoridad judicial que profirió un auto mediante el cual declaró la falta de competencia para conocer de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho iniciada por el actor contra el Ministerio de Educación Nacional/Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, para obtener el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el pago tardío de sus cesantías.
Según el actor, la providencia censurada presenta un defecto por desconocimiento del precedente judicial del Consejo de Estado.
Se reiteran las reglas jurisprudenciales sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y se analiza temática relacionada con el contenido y alcance del derecho de acceso a la administración de justicia y la jurisprudencia unificada del Consejo de Estado respecto a la posibilidad de demandar mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho el acto que niega el reconocimiento de la sanción moratoria por el no pago oportuno de las cesantías.
Se CONCEDE.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 8 de noviembre de 2017 por la Seccion Quinta del Consejo de Estado, que a su vez revoco la sentencia dictada el 13 de septiembre de 2017 por la Seccion Cuarta de esa misma Corporacion, que concedio la accion de tutela promovida por Reinaldo de Jesus Giraldo Calderon contra el Tribunal Administrativo de Antioquia.
- SEGUNDO. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia proferida el 13 de septiembre de 2017 por la Seccion Cuarta del Consejo de Estado que concedio el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administracion de justicia del senor Reinaldo de Jesus Giraldo Calderon, pero SE ADICIONA en cuanto tambien se tutela el derecho a la igualdad y SE ORDENA al Tribunal Administrativo de Antioquia que, dentro de los treinta (30) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, profiera fallo de merito en segunda instancia dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el senor Reinaldo de Jesus Giraldo Calderon . Con tal fin, el Tribunal solicitara al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Medellin remitirle el expediente contentivo del proceso contencioso administrativo, iniciado por Reinaldo de Jesus Giraldo Calderon contra la Nacion - Ministerio de Educacion Nacional - FOMAG.
- TERCERO. ORDENAR al Tribunal Administrativo de Antioquia que remita copia de la sentencia que profiera a esta Sala de Revision de Tutelas, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su expedicion.
- CUARTO. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Magistrada
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.