T-159 de 2006
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Fredy Jimenez Redondo Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de suplemento alimenticio aunque esté excluido del POS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida la igualdad la salud y a la dignidad humana de afiliado portador del vih a quien le fue suspendido un suplemento alimenticio ensure que no esta contempaldo en el pos y que le venia suministrando la entidad.
Solicita se ordene el suministro del suplemento alimenticio y se obligue al fosyga a reembolsar el costo de los medicamentos y complementos vitaminicos.
Proteccion del derecho fundamental a la salud en el orden constitucional colombiano.
Especial proteccion que reciben los enfermos de vih tanto en el orden constitucional como en el plano internacional.
Derecho a la continuidad en la prestacion del servicio publico de salud: Su relacion con los principios de efectividad eficiencia y confianza legitima.
Bajo el cumplimiento de ciertos requisitos las eps estan obligadas a suminstrar a sus afiliados medicamentos excluidos del pos.
El caso concreto cumple con .los requisitos exigidos por la corte constitucional para solicitar el suministro del ensure suplemento nutricional que no esta incluido en el pos.
Accion de repeticion contra fosyga.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones consignadas en esta providencia, el fallo proferido por el Juzgado 1o Penal del Circuito de Sincelejo, de fecha 26 de octubre de 2005, despacho que conocio en unica instancia la accion de tutela de la referencia, a traves del cual considero no tutelar los derechos fundamentales invocados.
- SEGUNDO. ORDENAR a la EPS. Seguro Social Seccional Sucre, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, suministre el suplemento alimenticio -ensure- al senor Fredy Jimenez Redondo, en la forma prescrita por el medico tratante.
- TERCERO. Senalar que a la EPS Seguro Social Seccional Sucre- le asiste el derecho de reclamar al FOSYGA los gastos asumidos por el suministro del suplemento alimenticio.
- CUARTO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.