Micelio
Sentencia de Tutela12 de diciembre de 2008

T-1249 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Gerardo Antonio Lozano Caldas·Demandado Seguro Social Pensiones

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra El Seguro Social
  • Reconocimiento de la pensión de vejez por cumplir con los requisitos de edad y tiempo de servicio para acceder a la prestación
Acción De Tutela
  • Factores a valorar para la procedencia como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable
Debido Proceso Y Principio De Legalidad
  • Vulneración por haberse exigido requisitos adicionales para el reconocimiento y pago de la pensión de vejez
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social, debido proceso y mínimo vital de ciudadano de 65 años de edad que ha solicitado de manera infructuosa el reconocimiento de la pensión ante la entida al sistema. <br>procedencia de la acción de tutlela.

Existencia de otro medio de defensa judicial.

La tutela como mecanismo transitorio ante la existencia de un perjuicio irremediable.

Reiteración jurisprudencial. <br>en eventos tales como el revisado, en los cuales la persona por circunstancias como su avanzada edad o su precaria situación económica, se encuentra en estado de indefensión, la tutela deviene procedente a fin de evitar la incidencia de un perjuicio irremediable, pese a la existencia de un medio ordinario de defensa judicial. <br>la violación al debido proceso por la negativa en el reconocimiento de la pensión sin sustentoen las exigencias legales y constitucionales.

Reiteración jurisprudencial.

En el caso en cuestión, la accionada reclama del actor el cumplimiento de un número de semanas que excede la cantidad exigida por la ley.

Ello, en razón de que se omitió la consideración de una cantidad de semanas que este cotizó de manera independiente.

Por ello, se le ordenó a éste proceder a tramitar y reconocer la respectiva prestación económica al actor. <br>concedida <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos dictados por el Juzgado Catorce Civil del Circuito de Bogotá y la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior de Bogotá, que resolvieron la acción de tutela promovida por Gerardo Antonio Lozano Caldas, y en su lugar, CONCEDER la protección invocada para el amparo de sus derechos a la seguridad social, el debido proceso y el mínimo vital.
  2. Segundo. ORDENAR al ISS que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a tramitar el reconocimiento de la pensión al señor Gerardo Antonio Lozano Caldas, con efectos desde la fecha de la Resolución 021899 de 2005, en un acto sujeto a los recursos de ley, y se lo comunique oportunamente, teniendo en cuenta todos los aportes realizados al Sistema General de Pensiones incluidos los efectuados a partir de marzo de 2003, sin exigir requisitos adicionales que no están previstos en la Constitución o en la Ley.
  3. Tercero. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.