C-368 de 2014
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Gonzalo Rodrigo Paz Mahecha·Demandado Ley 599 De 2000, Articulo 229, Modificado Por El Articulo 33 De La Ley 1142 De 2007
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Definición de castigo corporal o físico
- Derecho del niño a protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes
- Principio de unidad
- Protección constitucional especial
- Jurisprudencia constitucional
- No es absoluta
- Límites
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance
- Sujeción al principio de legalidad
- Sujeción a los principios de razonabilidad y proporcionalidad
- Concepto
- Jurisprudencia constitucional
- Definición
- Tipos
- Medidas de orden preventivo y otras de carácter represivo por parte del legislador
- Protección constitucional
- Instrumentos internacionales que consagran deberes especiales de protección respecto de las personas con discapacidad que integran unidad familiar
- No protege ningún ámbito concreto de la esfera de la actividad humana sino que puede ser alegado ante cualquier trato diferenciado injustificado
- Alcance
- Carece de contenido material específico
- Instrumentos internacionales
- Alcance
- Contexto normativo
- Características
- Delito autónomo
- Incremento de sanción penal constituye medida proporcionada e idónea
- Incremento punitivo
- Motivos que llevaron a fijar incremento punitivo
- No es conciliable, ni desistible la acción penal
- Objetivo perseguido con la consagración de este tipo penal
- Prohibición de ambigüedad en descripción de conductas punibles
- Igual trato a situaciones similares, y diverso ante supuestos diferentes
- Sujeto constitucional de especial protección
- Instrumentos internacionales
- Definición
- Modalidades
- Obligación de los Estados Partes de prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer
- Especial protección del Estado
- Jurisprudencia constitucional
- Concepto
- Se intensifica cuando se trata de adultos mayores
- Protección constitucional
- Alcance del concepto
- Instrumentos internacionales que consagran la protección
- Protección estatal
- Consagración constitucional e internacional
- Concepto
- Protección constitucional
- Protección por el estado
- Protección constitucional especial
- Límites constitucionales y garantías penales
- Consagración constitucional
- Instrumentos internacionales
- Jurisprudencia constitucional
- Norma demandada no vulnera el principio de igualdad
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Acción de constitucionalidad contra el artículo 229 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 33 de la Ley 1142 de 2007.
El demandante considera que la norma acusada debe ser declarada inexequible, por vulnerar el preámbulo y los artículos 13 y 29 de la Constitución Política, pues el tipo penal establece sanciones sin atender a la gravedad de las lesiones causadas a la víctima.
Igualmente, considera que la expresión “siempre que la conducta no constituya un delito sancionado por pena mayor” desconoce el principio de taxatividad penal, porque genera incertidumbre sobre las conductas constitutivas de maltrato que podrían sancionarse con penas mayores y, cuales por el delito de violencia intrafamiliar.
La Corte Constitucional consideró que existe un deber especial de protección a la familia y, dentro de ella, a quienes por alguna condición son más vulnerables y requieren de medidas de protección reforzada.
Señaló, que la unidad y armonía familiar deben ser salvaguardados, entre otras medidas, a través del ejercicio del poder sancionatorio del Estado conforme al artículo 42 de la Constitución, por lo cual éste está obligado a consagrar una normativa que permita investigar y sancionar cualquier tipo de violencia al interior de la familia.
Para tal efecto el legislador tiene la potestad de tipificar como delito las diversas formas de violencia que vulneran la unidad y armonía familiar e incrementar como medida de política criminal los límites punitivos fijados para el delito de violencia familiar descrito en el artículo 229 del Código Penal, modificado por el artículo 33 de la Ley 1142 de 2007.
EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 229 de la Ley 599 de 2000, modificado por el articulo 33 de la Ley 1142 de 2007, en relacion con los cargos examinados en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.