T-122 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Asociación Colombiana De Aviadores Jubilados De Acdac Ajucax Y Otros Vs. Avianca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance
- Límites
- Subordinación e indefensión
- No puede alterar ni poner en riesgo la seguridad social de sus trabajadores en sus acuerdos o negocios privados
- Pago oportuno y obligatorio de aportes para pensión
- Responsabilidad directa en pensiones
- Aportes constituyen contribución parafiscal
- Improcedencia por no existir subordinación
- Aportes para pago de prestaciones de aviadores civiles
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la seguridad social en conexidad con los derechos a la vida la salud la igualdad y al pago oportuno de las pensiones de jubilación por la venta de la aerolínea a un inversionista extranjero.
Solicitan se ordene a avianca que previo a la venta se ortoguen y cubran las pensiones de jubilacion y se otorguen las garantías necesarias para su integración.
Accion de tutela frente a particulares.
El hecho de que avianca se encuentre en proceso de venta o de reestructuracion no implica una amenaza a los derechos a la seguridad social de los pensionados de caxdac.
Improcedencia de la accion.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito, el 17 de septiembre de 2004
- Segundo. PREVENIR al Ministerio de la Seguridad Social, a las Superintendencias Bancaria y de Sociedades, para que ejerzan de manera eficaz la inspección y vigilancia que les corresponde, en orden a garantizar al cumplimiento oportuno de las obligaciones legales de la Empresa Aerovías Nacionales de Colombia S.A. Avianca para con la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles Caxdac.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.