Micelio
Sentencia de Tutela25 de noviembre de 2004

T-1191 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Asociación De Afrocolombianos Desplazados (Afrodes) Y Otros Vs Presídente De La Republica

Tema · dato duro
Derecho A La Honra Buen Nombre Y A Promover Y Defender Los Derechos Humanos La Integridad Física Y La Vida De Sus Afiliados De Organizacion Defensora De Los Derechos Humanos Por La Acusacion Del Presidente De La Republica En Discursos Presidenciales De Te
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Identificación del demandante
Legitimacion Por Pasiva En Tutela
  • Identificación del demando
Presidente De La Republica
  • Carga de veracidad e imparcialidad en la información
  • Finalidad de las alocuciones
  • Poder-deber de mantener comunicación con los ciudadanos debe ceñirse a la Constitución
  • Control político y jurídico de las alocuciones
  • Limitaciones en las alocuciones
  • Tipos de contenidos de comunicación
  • Poder-deber de mantener comunicación con los ciudadanos
Organizaciones De Derechos Humanos
  • Función de reportar y denunciar
  • Finalidad en el Estado Social de Derecho
Falta De Legitimacion Por Activa
  • Imposibilidad de individualizar a personas concretas
Accion De Tutela De Organizacion No Gubernamental De Promocion Y Defensa De Derechos Humanos
  • Procede en representación de sus miembros, empleados y servidores
Accion De Tutela De Persona Juridica
  • Titular de derechos fundamentales
Estado Y Autoridades Publicas
  • Obligación de no aumentar el nivel de riesgo de los defensores de derechos humanos
Estado Y Organizaciones De Derechos Humanos
  • Desarrollo de sus relaciones dentro de un marco de respeto, tolerancia y pluralismo
Defensores De Derechos Humanos
  • Sujetos de especial protección constitucional
14 temas · 21 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas el 4 de mayo de 2004, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, y el 9 de junio de 2004, por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, y, en su lugar, declarar la IMPROCEDENCIA del amparo solicitado.
  2. SEGUNDO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, las corporaciones de origen harán las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.