Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de noviembre de 2001Sala Plena

C-1172 de 2001

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Felipe Chalela Arango

Tema · dato duro
Informacion Del Presidente De La Republica Por Television. Prohibición De Facultad Ilimitada De Intervención
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A Recibir Informacion Veraz E Imparcial
  • Asuntos de mayor importancia en la vida colectiva
Derecho A La Informacion
  • Doble connotación
  • Ampliación de concepción jurídica
  • Fundamental
Informacion Del Presidente De La Republica Por Television
  • Derecho deber sobre asuntos de trascendencia nacional
  • Facultad no absoluta
  • Presentación en cualquier momento
  • Tensión entre interrupción de programación y derechos de canales y operadores privados
  • Tensión entre interrupción de programación y derechos de ciudadanos
  • Tensión entre temas de controversia pública y pluralismo político medular
  • Alocución presidencial de carácter urgente
  • No limitación
  • Prohibición de facultad ilimitada de intervención
  • Sujeción a la Constitución
Libertad De Expresión
  • Ampliación de concepción jurídica
Servicio Publico De Television Por El Presidente De La Republica
  • Acceso en cualquier momento
  • Defensa de políticas y respuesta a críticas
  • Información oportuna y objetiva
  • Información veraz sobre hechos de interés nacional
  • Ejercicio de poder
  • Utilización para asuntos públicos
Presidente De La Republica
  • Representa la Nación
  • Unidad nacional y diversidad de funciones
  • Competencias como jefe de Estado, de Gobierno y suprema autoridad administrativa
  • Deber de mantener informados a los conciudadanos
  • Utilización de televisión para asuntos públicos
Autoridad Publica En El Estado Social De Derecho
  • Prohibición de facultades ilimitadas
Derechos Preferentes
  • No son absolutos
Gobernante
  • Limitación de actuaciones por derechos de las personas
  • Limitación del poder
Television
  • Manejo
  • Proceso comunicativo social
13 temas · 34 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 182 de 1995.

Art. 32 (p.).

Servicio de television.

Intervencion presidencial.

Facultad ilimitada.

Comision nacional de television.

Contratacion de servicios.

Reestructuracion.

Derecho a la informacion.

Desarrollo y ejercicio de derechos y libertades.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 182/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 32Ley 182/95EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "en cualquier momento" contenida en el articulo 32 de la Ley 182 de 1995, bajo el entendido de que la intervencion del Presidente de la Republica en la television, sera personal, y sobre asuntos urgentes de interes publico relacionados con el ejercicio de sus funciones.
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "y sin ninguna limitacion" contenida en el articulo 32 de la Ley 182 de 1995.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónManuel José Cepeda EspinosaAclaraciónMarco Gerardo Monroy Cabra
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.