C-190 de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Hincapié Mejía Juan Carlos·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Funciones públicas
- Competencia exclusiva del Presidente de la República para asignarle misiones o encargos especiales
- El legislador no tiene competencia para asignarle funciones
- Finalidad
- Misiones y encargos asignados por el Presidente de la República
- Hipótesis excepcional cuando disposición ha dejado de producir efectos jurídicos
- Vigencia normativa como presupuesto para su estudio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 139 (parcial) de la Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022.
Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad.
El demandante alega que la disposición acusada vulnera los artículos 6, 121, 122-1, 123-2, 136-1 y 202 de la Constitución, toda vez que, a su juicio, la función constitucional principal del vicepresidente es reemplazar al presidente de la República en sus faltas temporales o absolutas y que, si bien el vicepresidente puede desarrollar otras funciones dentro del ordenamiento jurídico, el presidente es la única autoridad que cuenta con la competencia constitucional para realizar dicha asignación.
En virtud de lo anterior argumentó que, la participación de la Vicepresidencia de la República en la elaboración del Plan Decenal del Ministerio Público prescrita por el legislador en la norma demandada constituye una extralimitación de sus funciones y el desconocimiento de la prohibición expresa al Congreso de inmiscuirse, por medio de resoluciones o de leyes, en asuntos de competencia privativa de otras autoridades. la Corte consideró que la disposición acusada contraría el especial diseño constitucional de la figura de la vicepresidencia de la República adoptada por el Constituyente primario y, por ello, declaró INEXEQUIBLE la expresión “y la Vicepresidencia de la República” del artículo 139 de la Ley 1955 de 2019, por los cargos analizados.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1955/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- ÚNICO. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "y la Vicepresidencia de la República" del artículo 139 de la Ley 1955 de 2019, por los cargos analizados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.