Micelio
Sentencia de Tutela2 de noviembre de 2001

T-1169 de 2001

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Willy Valek Mora Vs. Consejo De Estado·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Trabajo. Acceso A La Administracion De Justicia. Via De Hecho Judicial. Improcedencia De La Tutela Contra Providencias Judiciales. Existencia De Otro Medio De Defensa Judicial. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Subsidiariedad
  • Término de presentación
  • Improcedencia por no ejercicio oportuno de recurso de súplica
  • Inexistencia de perjuicio irremediable
  • Inmediatez
Norma Sustancial
  • Definición
  • Violación directa
Via De Hecho
  • Clases de defectos en la actuación
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia general
  • Procedencia excepcional por vía de hecho
Accion De Tutela Para Reintegro Al Cargo
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no existir perjuicio irremediable
Perjuicio Irremediable
  • Elementos para que se configure
6 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la Sentencia del 11 de mayo de 2001, proferida por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Civil y Agraria-, que a su vez confirmo la Sentencia dictada por la Sala Civil de Decision del Tribunal Superior de Bogota, el 3 de abril de 2001, la cual declaro improcedente la accion de tutela impetrada por Willy Valek Mora contra el Consejo de Estado, pero por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion, se comunique esta providencia a la Sala Civil de Decision del Tribunal Superior de Santafe de Bogota, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.