T-084 de 2006
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Humberto Rosales Beltran Vs. Viceministerio Tecnico De Hacienda Y Oficina De Bonos Pensionales Del Ministerio De Hacienda Y Credito Publico
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Protección de personas que se encuentran en circunstancias de debilidad manifiesta
- Al momento de resolver caso objeto de controversia en materia pensional debe aplicar principio de equidad
- Régimen dual
- Ingreso sujeto a cotización suplementaria
- Objeto
- Cotización
- Opción de traslado
- Protección de estabilidad financiera
- Reconocimiento de la más favorable
- Elemento de ponderación de cargas impuestas por norma general
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al minimo vital la vida digna la seguridad social y los derechos a la tercera edad de persona a quien le fue calificada su perdida de capacidad laboral en un 57.93% a partir del 11 de junio de 2004 y que por no cumplir con los requisitos legales no tiene derecho a la pension de invalidez pero tampoco le efectuan la redencion anticipada del bono pensional tipo a por haber cotizado al sistema general de seguridad social en pensiones a traves del seguro social.
Solicita se ordene la redencion y pago del bono pensional tipo a para que a su vez el fondo de pensiones y cesantias horizonte s.a.
Pueda realizarle la devolucion de sus aportes.
Procedencia del amparo de tutela tratandose de una persona invalida y de la tercera edad que carece de recursos economicos para asegurar su subsistencia minima vital.
El principio de equidad en la aplicacion de articulo 61 de la ley 100 de 1993.
El actor tiene derecho a la devolucion de los saldos de que trata el precepto en mencion.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en este Fallo, las sentencias proferidas por la Sala de Decision Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta, el veinticinco (25) de julio de 2005 y por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el 8 de septiembre de 2005 y en su lugar, amparar el derecho al minimo vital, a la vida digna, a la seguridad social y los derechos a la tercera edad, del senor Humberto Rosales Beltran.
- En consecuencia, ORDENAR a la Oficina de Bonos Pensionales y Viceministerio Tecnico del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, que una vez notificado del presente Fallo, redima y pague el Bono Pensional tipo A del actor, a fin de que al mismo le sean reembolsados los dineros consignados en la cuenta de ahorro individual correspondiente al capital, a los rendimientos financieros y al bono pensional.
- Segundo. Librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.