Micelio
Sentencia de Tutela13 de septiembre de 2013

T-640 de 2013

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Juan De Dios Quiceno·Demandado Proteccion S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital
  • Devolución de saldos por parte del Fondo Privado de Pensiones
Derecho De Peticion
  • Peticiones respetuosas presentadas por particulares ante autoridades deben ser resueltas de manera oportuna, completa y de fondo
Derecho A La Devolucion De Saldos
  • Tienen derecho las personas que manifiestan imposibilidad de seguir cotizando y no alcanzan las 500 semanas de cotización, excepción contenida en el art. 28 del Decreto 1513 de 1998
Derecho A La Seguridad Social
  • Vulneración cuando un Fondo de Pensiones niega la devolución de saldos de aportes de la cuenta de ahorro individual de un afiliado que al llegar a la edad legal para pensionarse, manifiesta estar en imposibilidad de seguir co
6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La entidad accionada le negó a una persona de 75 años de edad, afiliado al régimen de ahorro individual con solidaridad, la devolución de aportes por estar presuntamente excluido de dicho beneficio al encontrarse bajo el supuesto del literal b) del artículo 61 de la Ley 100 de 1993, aun cuando llegó a la edad legal para pensionarse y manifestó estar imposibilitado para seguir cotizando al sistema.

La Corte concluye que, un fondo de pensiones vulnera derechos fundamentales al interpretar las normas aplicables de manera restrictiva a los intereses de un afiliado y desconocer la ley y la jurisprudencia constitucional sobre el tema.

Se CONCEDE el amparo del derecho a la seguridad social y se ordena realizar el trámite correspondiente para la emisión del bono pensional, para la liquidación de los aportes y la devolución de los saldos existentes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Medellín del 7 de febrero de 2013 que negó el amparo de los derechos fundamentales. En su lugar, CONCEDER el amparo de el derecho a la seguridad social de Juan de Dios Quiceno.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al representante legal de Protección S.A. dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, proceda a realizar el trámite correspondiente para la emisión del bono pensional del señor Juan de Dios Quiceno, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Decreto 1474 de 1997.
  3. TERCERO. ORDENAR, al representante legal del Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A, que dentro de las 48 horas siguientes a la emisión del bono pensional del accionante, proceda a liquidar los aportes de la cuenta de ahorro individual y realice la devolución de los saldos del señor Juan de Dios Quiceno.
  4. CUARTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
  6. Magistrado
  7. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
  8. Magistrado
  9. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  10. Magistrado
  11. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.