Micelio
Sentencia de Tutela6 de diciembre de 2004

T-1221 de 2004

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Margarita Maria Londoño Ramírez Vs. Empresas Varias De Medellin

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Salud Y Dignidad Humana En Conexidad Con El Derecho Al Minimo Vital De Persona Interdicta Por Retraso Mental A Quien La Entidad No Le Reconoce La Pension De Sobreviviente. Solicita Se Ordene El Reconocimiento De La Pension.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Sobrevivientes
  • Finalidad
  • Beneficiarios
Proceso De Jurisdiccion Voluntaria
  • Declaratoria de interdicción por demencia
  • Inexistencia de cosa juzgada material
Persona Disminuida Psiquicamente
  • Sujeto de especial protección constitucional
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, REVOCAR la decision proferida por el Juzgado
  2. Sexto. Civil Municipal de Medellin, mediante la cual se nego la accion de tutela de la referencia. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, salud, dignidad humana, en conexidad con el derecho al minimo vital, del senor MAURICIO DE JESUS LONDONO RAMIREZ
  3. Segundo. ORDENAR a las Empresas Varias de Medellin, que dentro del termino de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la fecha de la notificacion del presente fallo, acatando las decisiones proferidas por el Juzgado
  4. Segundo. Promiscuo de Familia de Medellin y el Tribunal Superior de la misma ciudad, mediante las cuales se decreto la interdiccion por demencia, del senor MAURICIO DE JESUS LONDONO RAMIREZ conceda la pension de sobrevivientes al mencionado senor y proceda a la inclusion en nomina del mismo.
  5. Tercero. ORDENAR a las Empresas Varias de Medellin, pagar con retroactividad a la fecha en que se formulo la peticion de la pension de sobrevivientes, el pago de las mesadas correspondientes, al senor MAURICIO DE JESUS LONDONO RAMIREZ.
  6. Cuarto. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.