Sentencia de Tutela6 de diciembre de 2004
T-1221 de 2004
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Margarita Maria Londoño Ramírez Vs. Empresas Varias De Medellin
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Salud Y Dignidad Humana En Conexidad Con El Derecho Al Minimo Vital De Persona Interdicta Por Retraso Mental A Quien La Entidad No Le Reconoce La Pension De Sobreviviente. Solicita Se Ordene El Reconocimiento De La Pension.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Pensión De Sobrevivientes
- Fundamental
Pension De Sobrevivientes
- Finalidad
- Beneficiarios
Proceso De Jurisdiccion Voluntaria
- Declaratoria de interdicción por demencia
- Inexistencia de cosa juzgada material
Persona Disminuida Psiquicamente
- Sujeto de especial protección constitucional
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, REVOCAR la decision proferida por el Juzgado
- Sexto. Civil Municipal de Medellin, mediante la cual se nego la accion de tutela de la referencia. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, salud, dignidad humana, en conexidad con el derecho al minimo vital, del senor MAURICIO DE JESUS LONDONO RAMIREZ
- Segundo. ORDENAR a las Empresas Varias de Medellin, que dentro del termino de cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la fecha de la notificacion del presente fallo, acatando las decisiones proferidas por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo de Familia de Medellin y el Tribunal Superior de la misma ciudad, mediante las cuales se decreto la interdiccion por demencia, del senor MAURICIO DE JESUS LONDONO RAMIREZ conceda la pension de sobrevivientes al mencionado senor y proceda a la inclusion en nomina del mismo.
- Tercero. ORDENAR a las Empresas Varias de Medellin, pagar con retroactividad a la fecha en que se formulo la peticion de la pension de sobrevivientes, el pago de las mesadas correspondientes, al senor MAURICIO DE JESUS LONDONO RAMIREZ.
- Cuarto. LIBRENSE, por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a30
T-695/00Continuidad En El Pago De Pension De Sobreviviente A Hija Mayor De Edad Que Se Encuentra Estudiando. No Se Hizo Ejercicio De Los Mecanismos Ordinarios. Negada.T-323/00Derecho A La Educacion E Igualdad. Suspension Del Pago De Pension De Sobreviviente A Hijo Mayor De Edad Que Se Encuentra Estudiando. Concedida.T-283/00Derecho Al Minimo Vital Y Educacion. Debido Proceso. Suspension De Mesadas Pensionales De Sustitucion Pensional Por Llegar El Actor A La Mayoria De Edad Aunque Demostro Que Estaba Estudiando. Concedida.T-263/00Derecho Al Minimo Vital. Debido Proceso. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Revocatoria Directa-Consentimiento Del Afectado. Concedida.T-122/00Tutela Contra El Ministerio De Defensa Nacional. Compañera Permanente. Convivencia Se Puede Probar Sin Necesidad De Sentencia Para Efectos De Reconocimiento De Sustitucion Pensional. Concedida.T-1103/00Derecho A La Seguridad Social A La Pension De Sobrevivientes Y A La Vida. Sustitucion Pensional Derecho Entre La Compañera Permanente Y La Esposa. Persona De La Tercera Edad. Concedida Transitoriamente.
Ver las 30 →Citada por36
T-144/21Seguridad Social En Pensiones-Devolución De Saldos En El Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad-No Cumplir Requisito Objetivo De Edad.C-025/21Capacidad Legal. Para Personas Mayores De Edad Con Discapacidad. Prohibición De Inicio De Proceso De Interdicción Para Iniciar Trámite Público O Privado.T-665/17Esterilizacion Definitiva Y Derechos Reproductivos De Menores De Edad En Situacion De Discapacidad Mental.T-320/17Derecho A La Devolución De Aportes. Procedencia De La Accion De Tutela Para Persona De Especial Proteccion Constitucional.T-346/16Derecho A La Pension De Sobrevivientes Para Hijos Mayores Y Hasta Los 25 Años.T-046/16Pension De Sobreviviente. Improcedencia De La Accion De Tutela Para Reclamar Esta Prestacion, Por Incumplimiento Del Requisito De Subsidiariedad.
Ver las 36 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.