Micelio
Sentencia de Tutela23 de agosto de 2000

T-1103 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Leonor Rodriguez Vs. Seguro Social

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social A La Pension De Sobrevivientes Y A La Vida. Sustitucion Pensional Derecho Entre La Compañera Permanente Y La Esposa. Persona De La Tercera Edad. Concedida Transitoriamente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Medio De Defensa Judicial
  • Definición derecho a pensión sustitutiva entre cónyuge y compañera permanente
Sustitución Pensional
  • Convivencia al momento de la muerte
  • Fundamental
  • Igualdad entre cónyuge supérstite y compañera permanente
Derecho A La Sustitucion Pensional
  • Conflictos entre cónyuge y compañera permanente
Accion De Tutela Transitoria
  • Reanudación pago de mesadas pensionales a compañera permanente
Derecho A La Igualdad
  • Identidad de trato para situaciones iguales
Derecho A La Sustitución Pensional
  • Alcance respecto al compañero permanente
8 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR los fallos de tutela del Juzgado Veintidós Civil del Circuito de Santafé de Bogotá y de la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, de los días 23 de septiembre y 4 de noviembre de 1999, proferidos dentro del proceso de la referencia y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho a la seguridad social a la señora Leonor Rodríguez.
  4. Segundo. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR al Seguro Social que restablezca, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir de la notificación de esta providencia, la pensión de sobrevivientes reconocida a la actora mediante Resolución 02307 del 6 de abril de 1990 y suspendida por la Resolución 3679 del 2 de octubre de 1992.
  5. Tercero. Advertir que la anterior orden permanecerá vigente hasta tanto la autoridad judicial competente decida de fondo sobre la materia de esta acción, para lo cual la actora deberá instaurar la correspondiente acción ordinaria en un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la notificación de esta providencia, de no hacerlo la referida protección cesará en sus efectos.
  6. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.