Micelio
Sentencia de Tutela4 de febrero de 2011

T-052 de 2011

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Luis Anibal Ramirez Castrillon·Demandado Nueva E.P.S

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Fundamental A La Salud
  • Suministro de prótesis ocular ordenada por el medico tratante
  • Orden a EPS de reembolsar valor cancelado por prótesis ocular
Derecho Fundamental A La Salud Y Dignidad Humana
  • Garantía de los medicamentos e insumos requeridos
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Mínimo vital, vida digna.

El accionante sufrió un trauma ocular como consecuencia de una herida con arma de fuego.

El diagnóstico emitido por su médico tratante fue el de trastornos de la órbita, motivo por el cual ordenó una prótesis ocular ojo derecho DX POV de Evisceración OD, la cual fue negada por la E.P.S. por considerar que tiene un carácter estético y no funcional.

Para resolver el problema jurídico, la Sala estimó pertinente reiterar jurisprudencia de la Corporación en relación con: i).

El derecho fundamental a la salud como materialización de la dignidad humana.

Garantía de los medicamentos e insumos requeridos con necesidad. ii).

Carácter prevalente de la orden del médico tratante frente al concepto emitido por el Comité Técnico Científico, iii).

Determinación de la capacidad económica y su relación con el mínimo vital y iv) la carencia actual de objeto por un hecho superado.

En sede de revisión, el actor manifestó que ante la negativa de la E.P.S. compró la prótesis ordenada, la cual fue adquirida a través de un préstamo por un valor de $800.000.

La Sala decidió amparar los derechos invocados y ordenar a la E.P.S. demandada, reembolsar al actor el valor que éste pagó por concepto de la prótesis, previa acreditación del desembolso efectuado.

CONCEDIDA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Cali del 7 de julio del 2010, en la cual se nego la tutela solicitada por el senor Luis Anibal Ramirez Castrillon.
  3. SEGUNDO. CONCEDER el derecho al minimo vital y a la vida digna del senor Luis Anibal Ramirez Castrillon por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Nueva E.P.S., reembolsar al senor Luis Anibal Ramirez Castrillon, el valor que este pago ($800.000) por concepto de la protesis ocular a traves de un credito. Para lo cual el demandante debera allegar la documentacion requerida que sustente el valor que debio asumir para su obtencion.
  5. CUARTO. LIBRESE la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.