Micelio

Providencias que cita

SU.395/17 invoca estas providencias en su argumentación. · 161 en total.

Volver a la ficha de SU.395/17
T-743/08Tutela2008
T-526/08Tutela2008
T-1225/08Tutela2008
T-055/08Tutela2008
SU.1010/08Unificación2008

C-1011/08Constitucionalidad2008

Proyecto De Ley Estatutaria De Habeas Data Y Manejo De Informacion Contenida En Bases De Datos Personales

T-838/07Tutela2007
T-571/07Tutela2007
T-493/07Tutela2007
T-117/07Tutela2007
T-1092/07Tutela2007
T-086/07Tutela2007
T-049/07Tutela2007
SU.174/07Unificación2007
A. 100/07Auto2007

Solicitud De Aclaracion De La Sentencia Su.1023/01. La Corte Constitucional No Tiene Competencia Para Absolver Consultas Dado Que Su Funcion Es Jurisdiccional Y No Consultiva, Y Ademas Carece De Competencia Para Aclarar Las Sentencias Que Profiere. Rechaza La Solicitud

T-586/06Tutela2006
T-440/06Tutela2006
T-292/06Tutela2006
A. 204/06Auto2006

Solicitud De Adicion De La Sentencia T-292/06. Improcedencia De La Solicitud De Aclaración O Adición De Sentencias De Revisión, Proferidas Por La Corte Constitucional. En El Trámite De Tutela En Instancia, Es Posible Solicitar La Adición O Aclaración De La Sentencia Correspondiente, Dentro Del Plazo De Los Tres Días Del Término De Ejecutoria. La Adición De Sentencias, Como Mecanismo Procesal Dirigido A Obtener Una Respuesta Definitiva A Todos Los Aspectos Propios De La Solicitud De Tutela, Resulta Improcedente. Rechazada La Solicitud

T-495/05Tutela2005
T-453/05Tutela2005
T-403/05Tutela2005
T-330/05Tutela2005
T-199/05Tutela2005
T-1209/05Tutela2005