T-440 de 2006
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Arnoldo Pancha Bohorquez Vs. Tribunal Superior De Bogota Sala Laboral Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fórmula de cálculo
- Sentencia de la Corte Suprema se acogió a éste
- Improcedencia para controvertir interpretación objetiva y razonable de una norma legal
- El demandante debe identificar de manera razonable los hechos de la vulneración
- No se presenta al aplicar el artículo 36 de la Ley 100/93 para el cálculo de la indexación de primera mesada pensional
- No se presenta al no aplicar el artículo 11 del Decreto 1748/95
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad el debido proceso y el acceso a la administracion de justicia de pensionado del banco cafetero a quien se le resolvio una solicitud de indexacion de la primera mesada pensional por parte de la jurisdiccion ordinaria mediante la aplicacion de una formula que no coincide con la prescrita en la ley.
Solicita se ordene modificar las providencias en el sentido que se reconozca al demandante la indexacion de la primera mesada pensional de conformidad con las certificaciones del dane y según la formula establecida en el articulo 11 del decreto 1748 de 1995.
Tutela contra providencias judiciales.
Procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.
Causales genericas y especificas.
No corresponde a la sala hacer un analisis general de la jurisprudencia de la corte suprema de justicia a fin de verificar si existen inconsistencias entre lo previamente decidido y la solucion a la que se llego en el caso bajo estudio.
Para alegar la violacion al debido proceso como causal de procedencia de la tutela se requiere que el actor identifique de manera razonable los hechos de la vulneracion.
En el presente caso no se cumplen las causales de procedencia.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del 25 de enero de 2006 de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de le Judicatura, por la cual se confirmo en segunda instancia la sentencia del 23 de noviembre de 2005 del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogota, que denego la proteccion solicitada por el tutelante.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.