Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de diciembre de 1999Sala Plena

C-964 de 1999

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Julio Alfonso Rosas Garzon

Tema · dato duro
Ley 14/75 Arts. 1.3.5.6.10.12.14.15 Reglamenta Profesion Tecnico Constructor Requisitos Para Solicitar Matricula. Exequible. Inexequible.Inhibida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

11 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 14/75. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 14/75EXEQUIBLE
Art. 10Ley 14/75INEXEQUIBLE
Art. 12Ley 14/75EXEQUIBLE
Art. 14Ley 14/75EXEQUIBLE
Art. 15Ley 14/75INHIBITORIO
Art. 3Ley 14/75EXEQUIBLE
Art. 5Ley 14/75INEXEQUIBLE
Art. 6Ley 14/75INEXEQUIBLE
Art. 7Ley 14/75INEXEQUIBLE
Art. 8Ley 14/75INEXEQUIBLE
Art. 9Ley 14/75INEXEQUIBLE
11 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DECLARAR EXEQUIBLES los artículos 1º y 14 de la Ley 14 de 1975, por los cargos estudiados en esta sentencia.
  2. Segundo. DECLARAR EXEQUIBLE, por los cargos estudiados en esta sentencia, el artículo 3º de la Ley 14 de 1975, salvo las expresiones "a solicitud del Comité Nacional de Constructores en Bogotá o de sus comités seccionales de los Departamentos"; "por intermedio del Comité Nacional de Constructores o del respectivo Comité Seccional"; "la solicitud de certificado se hará por intermedio del Comité Nacional de Constructores en Bogotá, o en los Comités Seccionales en los departamentos" que son INEXEQUIBLES.
  3. Tercero. DECLARAR EXEQUIBLE, por los cargos estudiados en esta sentencia, el artículo 12 de la Ley 14 de 1975, salvo la expresión "de tiempo completo", que será declarada INEXEQUIBLE, y siempre y cuando se entienda que, conforme a lo señalado en el fundamento 24 de esta sentencia, la labor del técnico constructor puede ser reemplazada por aquella de un profesional que presente un título de idoneidad en el campo de la construcción.
  4. Cuarto. DECLARAR INEXEQUIBLES los artículos 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10 de la Ley 14 de 1975.
  5. Quinto. DECLARARSE INHIBIDA para conocer del artículo 15º de la Ley 14 de 1975, por carencia actual de objeto.
  6. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.