C-040 de 2022
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Cristian Fernando Cuervo Aponte·Demandado Decreto Ley 953 De 1997
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de cosa juzgada material
- Recurrencia a tipos indeterminados
- Alcance en el ámbito profesional
- Actividad que implica riesgo social
- Carácter flexible y menos riguroso que en derecho penal
- Prohibición de actos contra la moral y las buenas costumbres
- Alcance
- Funcionamiento
- Características
- Definición
- Tipos
- Competencia del legislador
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los numerales 5, 7 y 8 del artículo 15 del Decreto Ley 953 de 1997, por el cual se dicta el Reglamento de Disciplina para el Personal de Cuerpos de Bomberos.
El demandante adujo que las disposiciones acusadas resultan contrarias a lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución, al establecer prohibiciones que desconocen el principio de tipicidad en el diseño de las normas con efectos sancionatorios, en tanto carecen de un mínimo nivel de certidumbre.
Sostuvo además que resultan imprecisas, vagas, e inciertas, librando la determinación de su alcance al arbitrio del operador disciplinario, que las puede interpretar con un margen absoluto de discrecionalidad.
La Corte determinó que las prohibiciones contenidas en los numerales cuestionados desconocían las garantías de tipicidad y certeza del derecho al debido proceso, al presentar redacciones ambiguas y con una vaguedad insuperable que permite la interpretación arbitraria de los operadores en la determinación de su alcance y supone para los bomberos voluntarios una indeterminación infranqueable para la determinación de qué conductas estarían o no prohibidas.
También se encontró que la amplitud y vaguedad en la consagración de las prohibiciones podía abrir la posibilidad a que la facultad sancionatoria se extendiera más allá del propósito de asegurar la adecuada prestación del servicio y la mitigación del riesgo social, generando un potencial compromiso de la vida privada, ajena a la actividad bomberil, del sujeto obligado.
Con base en lo anterior se declararon INEXEQUIBLES.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 953/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (22 puntos)
- Declarar INEXEQUIBLES los numerales 5, 7 y 8 del artículo 15 del Decreto Ley 953 de 1997, "Por el cual se dicta el Reglamento de Disciplina para el Personal de Cuerpos de Bomberos".
- Notifíquese, publíquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- Con aclaración de voto
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTÍZ DELGADO
- Magistrada
- JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- ALBERTO ROJAS RÍOS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.