Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de febrero de 2022Sala Plena

C-040 de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Cristian Fernando Cuervo Aponte·Demandado Decreto Ley 953 De 1997

Tema · dato duro
Cuerpo De Bomberos. Reglamento Disciplinario. Prohibiciones
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de cosa juzgada material
Derecho Disciplinario
  • Recurrencia a tipos indeterminados
  • Alcance en el ámbito profesional
Libertad De Ejercer Profesion U Oficio
  • Actividad que implica riesgo social
Principios De Legalidad Y Tipicidad En Derecho Disciplinario
  • Carácter flexible y menos riguroso que en derecho penal
Tipo Sancionatorio Disciplinario Indeterminado
  • Prohibición de actos contra la moral y las buenas costumbres
Cuerpo De Bomberos Voluntarios
  • Funcionamiento
  • Características
Cuerpo De Bomberos
  • Definición
  • Tipos
12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los numerales 5, 7 y 8 del artículo 15 del Decreto Ley 953 de 1997, por el cual se dicta el Reglamento de Disciplina para el Personal de Cuerpos de Bomberos.

El demandante adujo que las disposiciones acusadas resultan contrarias a lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución, al establecer prohibiciones que desconocen el principio de tipicidad en el diseño de las normas con efectos sancionatorios, en tanto carecen de un mínimo nivel de certidumbre.

Sostuvo además que resultan imprecisas, vagas, e inciertas, librando la determinación de su alcance al arbitrio del operador disciplinario, que las puede interpretar con un margen absoluto de discrecionalidad.

La Corte determinó que las prohibiciones contenidas en los numerales cuestionados desconocían las garantías de tipicidad y certeza del derecho al debido proceso, al presentar redacciones ambiguas y con una vaguedad insuperable que permite la interpretación arbitraria de los operadores en la determinación de su alcance y supone para los bomberos voluntarios una indeterminación infranqueable para la determinación de qué conductas estarían o no prohibidas.

También se encontró que la amplitud y vaguedad en la consagración de las prohibiciones podía abrir la posibilidad a que la facultad sancionatoria se extendiera más allá del propósito de asegurar la adecuada prestación del servicio y la mitigación del riesgo social, generando un potencial compromiso de la vida privada, ajena a la actividad bomberil, del sujeto obligado.

Con base en lo anterior se declararon INEXEQUIBLES.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 953/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 15Decreto 953/97INEXEQUIBLE
Art. 7Decreto 953/97INEXEQUIBLE
Art. 8Decreto 953/97INEXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (22 puntos)
  1. Declarar INEXEQUIBLES los numerales 5, 7 y 8 del artículo 15 del Decreto Ley 953 de 1997, "Por el cual se dicta el Reglamento de Disciplina para el Personal de Cuerpos de Bomberos".
  2. Notifíquese, publíquese y cúmplase.
  3. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  4. Presidenta
  5. DIANA FAJARDO RIVERA
  6. Magistrada
  7. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  8. Magistrado
  9. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  10. Magistrado
  11. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  12. Magistrado
  13. Con aclaración de voto
  14. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  15. Magistrada
  16. GLORIA STELLA ORTÍZ DELGADO
  17. Magistrada
  18. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  19. Magistrado
  20. ALBERTO ROJAS RÍOS
  21. Magistrado
  22. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.