De las prohibiciones. Son prohibiciones las siguientes
Realizar durante la jornada de trabajo actividades ajenas al ejercicio de sus funciones.
No concurrir a los lugares de trabajo a las horas señaladas o cuando sean requeridos, y abandonar o suspender sus labores sin autorización Previa.
Solicitar o recibir dádivas o cualquier otra clase de lucro proveniente directa o indirectamente del usuario del servicio por actos inherentes a su cargo.
Retardar o negar injustificadamente la prestación del servicio a que esté obligado.
Ejecutar en el lugar de trabajo actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
Declarar huelgas o paros, apoyarlos o intervenir en ellos.
Dedicarse en el servicio o en la vida social a actividades que puedan comprometer la confianza del público.
Observar habitualmente una conducta que pueda comprometer la dignidad de la institución .
Coartar por cualquier medio la libertad de opinión o de sufragio de los subalternos.
Portar armas de cualquier clase en la institución en las emergencias, a excepción de las que con autorización se tengan para la vigilancia del cuartel o se requieran para las emergencias.
Omitir o suministrar falsamente información que tenga incidencia en su vinculación al cargo.
Causar daño o pérdida de bienes, elementos, expedientes o documentos que hayan llegado a su poder por razón de sus funciones.
Usar en el sitio de trabajo o lugares públicos sustancias prohibidas que produzcan dependencia física o síquica; asistir al trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes, o permanecer en tal condición.
El reiterado e injustificado incumplimiento de sus obligaciones laborales.
Intervenir dentro de la Institución en deliberaciones políticas, raciales o religiosas o promoverlas.
Atacar a la institución o censurar públicamente al superior.
Divulgar las deliberaciones y decisiones de la Institución, o publicar sus documentos sin la autorización del Comandante.
Abandonar, durante las emergencias, la guardia, el puesto o la posición asignados, antes de recibir orden o de ser revelado.
Malversar los fondos y recursos de la Institución.
Apropiarse en provecho propio o de un tercero de bienes de los particulares, en actos del servicio o fuera de él.
Abusar de la autoridad y extralimitarse en el ejercicio de sus funciones.
Usar prendas, uniformes o insignias que no correspondan, o a las que no se tiene derecho.
Incumplir los plazos estipulados en la rendición de cuentas fiscales y de contaduría.
Acatar órdenes de persona extraña a la institución durante las labores de emergencia o de servicio.
Representar a la Institución sin estar autorizado para el efecto.
Permitir que unidades bomberiles no uniformadas o particulares viajen en las máquinas de la institución, salvo los casos debidamente autorizados.
Prestar equipos o bienes de la Institución a personas o entidades, sin la autorización del. Comandante.
Fumar dentro de las máquinas estando en servicio.
Las demás que señalen las leyes, reglamentos y estatutos.