Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de septiembre de 2003Sala Plena

C-835 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jorge Miguel Pauker Galvez

Tema · dato duro
Ley 797 De 2003. Arts. 19 Y 20. Reforma Sistema General De Pensiones. Ley 100 De 1993. Regimenes Pensionales Exceptuados Y Especiales. Revocatoria De Pensiones Reconocidas Irregularmente. Reconocimiento De Sumas Periodicas A Cargo Del Tesoro Publico O Fon
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Especial De Revision
  • Intemporalidad no resultaba lesiva de la Constitución
  • Constitucionalidad
  • Finalidad de la falta de señalamiento de término de prescripción o caducidad
  • Intemporalidad de la norma está acorde con la obligación del Estado de disponer de herramientas o recursos
Acto De Reconocimiento De Sumas Periodicas O Pensiones
  • Revisión compete al Consejo de Estado o la Corte Suprema de Justicia
Derecho A La Pension
  • Verificación oficiosa sobre el cumplimiento de requisitos y legalidad de documentos soportes para su reconocimiento
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
  • Respeto del principio de favorabilidad
  • Función pagadora
  • Verificación oficiosa del cumplimiento de los requisitos
Derechos Pensionales
  • Razón de ser de la revisión del cumplimiento de los fundamentos normativos y los soportes fácticos que dieron origen a la prestación
Funcion Administrativa
  • Principios
  • Reconocimiento y pago de pensiones y otras prestaciones del régimen de seguridad social
Potestad De Configuracion Legislativa
  • Señalamiento de términos de prescripción y caducidad
Recurso Extraordinario De Revision
  • Procedimiento con sujeción a la ley respecto de providencias judiciales, transacciones o conciliaciones judiciales o extrajudiciales que reconozcan sumas periódicas de dinero o pensiones
  • Término establecido por el legislador
  • Finalidad
  • Causales para su procedimiento en el respectivo ordenamiento procedimental
  • Procedencia
  • Término para su interposición
Revocatoria De Acto Administrativo
  • Ante falta de consentimiento del titular entidad deberá demandar
  • Causales
  • Consentimiento expreso y escrito del titular
Revocatoria Directa De Acto Administrativo Particular Y Concreto
  • Actuaciones ilegales o fraudulentas
  • Procedencia
Revocatoria Directa De Acto Administrativo
  • Casos
  • No procede cuando hay problemas de interpretación del derecho
  • Incumplimiento de requisitos o reconocimiento con apoyo en documentación falsa
Revocatoria Directa
  • Alcance
  • Definición
  • Naturaleza
Seguridad Social
  • Protección y garantía por el legislador
  • Doble connotación
  • Pago de pensiones
Acto Administrativo De Reconocimiento De Pension
  • Depuración de la información que soporta su expedición y vigencia
Debido Proceso
  • Garantías del recurso extraordinario de revisión
Fuerza Vinculante
  • Solicitud de revisión dentro del término legal
Inexequibilidad Por Consecuencia
  • Vulneración del debido proceso
Legislador
  • Facultad de establecer que ciertas acciones o recursos pueden ejercerse en cualquier tiempo
Revocatoria De Acto De Caracter Particular Y Concreto
  • Consentimiento expreso y escrito del titular
Revocatoria Directa De Acto Particular
  • Observancia de un procedimiento
Revocatoria Directa De Pension O Prestacion Economica
  • Carga de la prueba corresponde a la administración
Principio De La Buena Fe Y Principio De Legalidad
  • Razones de seguridad jurídica y respeto a situaciones jurídicas subjetivas
30 temas · 50 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 797/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 20Ley 797/03INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«en cualquier tiempo»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. 1. Declarar EXEQUIBLE el articulo 19 de la ley 797 de 2003, por los cargos formulados, de manera condicionada en los terminos del numeral 4 de las consideraciones y fundamentos de esta sentencia.
  2. 2. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "en cualquier tiempo", contenida en el
  3. primero. y
  4. tercero. incisos del articulo 20 de la ley 797 de 2003. En lo demas este articulo es EXEQUIBLE, respecto de los cargos formulados y bajo los supuestos resenados en el numeral 5 de las consideraciones y fundamentos de esta sentencia.
  5. 3.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialRodrigo Escobar Gil
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.