C-801 de 2009
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Revision De Constitucionalidad·Demandado Ley 1268 De 2008
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance de la competencia
- Complejos tratamientos diferentes previstos en las reglas justificaban un control material estricto
- Control formal y control material
- Características
- Competencia complementaria de las jurisdicciones penales nacionales
- Competencia sobre crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en conjunto
- Categorías de los crímenes internacionales sobre los que tiene competencia
- Efectos del ejercicio de competencia
- Modalidades
- Comprende los crímenes cometidos en conflictos armados tanto internos como internacionales
- Concepto
- Elementos de cada modalidad
- Concepto
- Elementos de cada modalidad
- Modalidades
- Antinomias o tratamientos diferentes en relación con la Constitución autorizados por Acto Legislativo 02 de 2001
- Disposiciones ajenas a la tradición jurídica nacional y a ciertos principios constitucionales
- Disposiciones ajenas a tradición jurídica nacional y ciertos principios constitucionales
- Imprecisión en descripción de las conductas de los delitos y principio de legalidad
- Principales tratamientos diferentes
- Principios para el juzgamiento de crímenes internacionales
- Tratamiento diferente que opera exclusivamente dentro del ámbito de aplicación del Estatuto
- Dolo especial como elemento estructural del tipo penal
- Elementos de cada modalidad
- Modalidades
- Concepto
- Legislador no puede alterar el contenido introduciendo nuevas cláusulas
- Trámite legislativo cumplió requisitos formales exigidos por la Constitución Política
- Adición como requisito para hacer compatible el Estatuto de Roma con el ordenamiento jurídico interno
- Adición
- Identificación de algunos tratamientos sustanciales diferentes autorizados por Acto Legislativo 02 de 2001
- Producen efectos sólo dentro ámbito de competencia de la Corte Penal Internacional
- Sin incidencia en el derecho interno de los Estados
- Tratamientos sustanciales diferentes operan exclusivamente dentro del ámbito de aplicación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional
- Actos jurídicos unilaterales emanados de un órgano de una organización internacional
- Carecen de los efectos jurídicos de los tratados internacionales
- No participan de la naturaleza de los tratados internacionales
- Objeto
- Procedimiento especial de adopción y aprobación
- Características
- Competencia para su adopción
- Naturaleza jurídica
- Objetivos y funciones
- Concepto
- No sujetos a aprobación por el Congreso ni a Control de Constitucionalidad
- Carácter especial y particular
- Procedencia de tratamientos diferentes
- Sujetos a procedimientos constitucionales de aprobación por el Congreso y revisión de Constitucionalidad
- Incumplimiento
- Contenido y alcance
- Cumplimiento
- Interpretación de la expresión “próxima sesión”
- La expresión “próxima sesión” adquiere un carácter indeterminado que no cumple con los requisitos constitucionales exigidos por el Acto Legislativo
- Reglas de interpretación de su cumplimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 1268 de 2008, “Por medio de la cual se aprueban las reglas de procedimiento y prueba y los elementos de los crímenes de la Corte Penal Internacional”, aprobados por la Asamblea de los Estados Parte de la Corte Penal Internacional.
La Corte se pronuncia sobre el control de constitucionalidad en materia de tratados y sus leyes aprobatorias, los presupuestos particulares para llevar a cabo el control de constitucionalidad de los instrumentos internacionales relacionados con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, el ámbito de competencia de la Corte para juzgar la constitucionalidad de las reglas de procedimiento y prueba y los elementos de los crímenes de la Corte Penal Internacional, se realiza un análisis formal sobre el trámite dado al proyecto de ley en el Congreso, se encuentra que la ley cumplió con los requisitos impuestos por la Constitución Política para la aprobación de leyes, luego se realiza una revisión material de las Reglas de procedimiento y pruebas y de los elementos de los crímenes de la Corte Penal Internacional, aprobados por la ley estudiada, se aclara que los tratamientos diferentes en materias sustanciales fueron expresamente autorizados por el Acto Legislativo 02 de 2001, por lo tanto no se menoscaba el alcance de las garantías establecidas en la Constitución respecto del ejercicio de las competencias propias de las autoridades nacionales, por lo demás el Instrumento Internacional y su ley aprobatoria resultan ajustado a la Constitución razón por lo cual se procede a declararlos Exequibles.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 02/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la Ley No. 1268 del 31 de diciembre de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBAN LAS REGLAS DE PROCEDIMIENTO Y PRUEBA Y LOS ELEMENTOS DE LOS CRIMENES DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL APROBADOS POR LA ASAMBLEA DE LOS ESTADOS PARTES DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, EN NUEVA YORK, DEL 3 AL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2002".
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLES las "REGLAS DE PROCEDIMIENTO Y PRUEBA Y LOS ELEMENTOS DE LOS CRIMENES DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL", aprobados por la Asamblea de los Estados Partes de la Corte Penal Internacional, en Nueva York, del 3 al 10 de septiembre de 2002.
- TERCERO. Disponer que se comunique inmediatamente esta sentencia al Presidente de la Republica para lo de su competencia, asi como al Presidente del Congreso de la Republica.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.