C-195 de 2009
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter formal y material
- Ejercicio independientemente de consideraciones de conveniencia, oportunidad, efectividad y utilidad
- Características
- Procedimiento y efectos de la derogación de convenio internacional del trabajo
- Objeto de la reforma
- Tratado internacional con características sui generis
- Adopción sometida al marco de las previsiones contenidas en la Constitución de la OIT
- Carácter de norma jurídica por la simple ratificación
- Negociación y celebración
- Estructura interna
- Origen y funciones
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revision de constitucionalidad del instrumento de enmienda a la constitucion de la organización internacional del trabajo, adoptada en la octogesima quinta (85°) reunion de la conferencia general de la organizacion internacional del trabajo, en ginebra, el diecinueve (19) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997) y la ley aprobatoria n° 1197 del 5 de junio de 2008. <br>en cumplimiento de mandatos constitucionales, corresponde a la corte constitucional efectuar un control sobre los convenios internacionales y las leyes aprobatorias de los mismos, que se caracteriza por ser: (i) previo a la ratificacion del tratado aunque posterior a la aprobacion del congreso; (ii) automatico; (iii) integral; (iv) preventivo; (v) es una condicion sine qua non para la ratificacion del instrumento y (vi) tiene fuerza de cosa juzgada. <br>la sala encontro, en primer lugar, que la ley aprobatoria del instrumento de la referencia cumplio a cabalidad los requisitos formales exigidos por la carta politica y, de otra parte, se establecio que su contenido es del todo compatible con el ordenamiento superior. <br>exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1197/08. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley No. 1197 del 5 de junio de 2008, "Por medio de la cual se aprueba el ´Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo´, adoptado en la octogésima quinta (85ª) reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, el diecinueve (19) de junio de mil novecientos noventa y Siete (1997)".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el "Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, adoptado en la octogésima quinta (85ª) reunión de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra, el diecinueve (19) de junio de mil novecientos noventa y Siete (1997)".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.