Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de enero de 2010Sala Plena

C-011 de 2010

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandado Ley 1278 De 2009

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Acuerdo Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De Perú, Modificatorio Del Convenio Bolivariano De Extradición
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acuerdo Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica Del Peru En Materia De Extradicion
  • Causales en las cuales no se concede la extradición respetan disposiciones constitucionales al debido proceso
  • Exequibilidad
  • No imposición de pena de muerte
  • Quantum para la procedencia
Anuncio Previo De Votacion En Tramite Legislativo De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Cumplimiento de requisitos
  • Exceso en la flexibilización del requisito
  • Relación estrecha con la eficacia del principio democrático
  • Distinción de dos momentos para determinar si hay vicio insubsanable
Extradicion
  • Objeto
  • Improcedencia frente a delitos políticos
  • No corresponde a un proceso judicial en el que se someta a juicio al requerido
  • Situaciones que para los efectos del instrumento internacional no se entienden por delitos políticos
Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Trámite de ley ordinaria con inicio de debates en el Senado de la República
  • Naturaleza del control constitucional
Requisito De Anuncio Previo De Votacion En Tramite Legislativo De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Contenido y alcance
  • Interpretación de la expresión "próxima sesión"
  • La expresión "próxima sesión" adquiere un carácter indeterminado que no cumple con los requisitos constitucionales exigidos por el acto legislativo
Ministro De Relaciones Exteriores
  • No requiere poder especial para celebrar tratado
11 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad de la Ley 1278 de 2009 “Por medio de la cual se aprueba el acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Perú, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición”.

La Corte realiza reiteración de jurisprudencia sobre la naturaleza del control de constitucionalidad de las leyes aprobatorias de tratados, realiza la revisión de los aspectos formales y sustanciales, se encuentra que la Ley en cuestión, cumple con los requisitos constitucionales requeridos para ser considerada Ley de la República, por lo tanto se decide declarar su exequibilidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1278/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 1278/09 «Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de la Republica del Peru, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de julio de 1911»EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 1278/09 «Por medio de la cual se aprueba el»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1278 de 5 de enero de 2009 "Por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de la Republica del Peru, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de julio de 1911", firmado en la ciudad de Lima, Peru, a los veintidos (22) dias del mes de octubre de dos mil cuatro (2004)."
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de la Republica del Peru, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de julio de 1911", firmado en la ciudad de Lima, Peru, a los veintidos (22) dias del mes de octubre de dos mil cuatro (2004)."
  3. Tercero. COMUNIQUESE esta decision al Gobierno Nacional por intermedio de la Secretaria General de la Presidencia de la Republica, y enviesele copia autentica de la misma para los efectos constitucionales previstos en el numeral 10 del articulo 241 de la Carta Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
Salvamento parcialLuis Ernesto Vargas SilvaSalvamentoJorge Iván Palacio PalacioSalvamentoMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.