C-210 de 2016
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Revision De Constitucionalidad De La Ley 1722 Del 2014
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Cláusula de aplicación provisional
- Medidas de salvaguardia, antidumping y compensatorias, para la defensa comercial de manera temporal y para prevenir o remediar un daño grave o amenaza del mismo
- Se ajusta a la Constitución Política, tanto en su aspecto formal, como en su contenido material
- Procedimiento a seguir cuando una de las partes quiera denunciarlo
- Incidencia en su realización del carácter bilateral o multilateral del tratado
- Procedimiento de formación previsto para leyes ordinarias
- Trámite legislativo
- Jurisprudencia constitucional
- Se orientan a garantizar condiciones de equidad y reciprocidad en el intercambio comercial con otros estados
- Jurisprudencia constitucional
- Competencia de la Corte Constitucional
- Control formal y material
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Deben celebrarse sobre bases de equidad, igualdad y reciprocidad
- Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 1722 de 2014, por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de alcance parcial de naturaleza comercial entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela, suscrito en Venezuela el 28 de noviembre de 2011, y sus seis anexos con sus respectivos apéndices, suscrito en Cartagena (Colombia) el 15 de abril de 2012.
La Corte estableció que tanto en el Acuerdo, como en sus anexos y en la ley aprobatoria, se respetaron las disposiciones constitucionales que regulan la suscripción de tratados internacionales y su aprobación por el Congreso.
EXEQUIBLES.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1722/14. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el "Acuerdo de alcance parcial de naturaleza comercial entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela", suscrito en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el veintiocho (28) de noviembre de dos mil once (2011), y sus seis (6) anexos con sus respectivos apéndices, suscritos en Cartagena, República de Colombia, el quince (15) de abril de dos mil doce (2012).
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1722 de 2014, aprobatoria del "Acuerdo de alcance parcial de naturaleza comercial entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela".
- Tercero. Disponer que se comunique la presente sentencia al Presidente de la República para lo de su competencia, así como al Presidente del Congreso de la República.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.