Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de septiembre de 2003Sala Plena

C-798 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Leon Jose Jaramillo Zuleta Y Otro

Tema · dato duro
Ley 794 De 2003. Apartes Arts. 3 8 12 18 28 29 58 65 Y 52 Y 56. Codigo De Procedimiento Civil. Proceso Ejecutivo. Auxiliares De La Justicia. Designacion Por Las Partes. Aceptacion Y Reemplazo Del Cargo De Peritos Y Secuestre. Calidades Y Exclusion De La L
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Inadmisibilidad de afirmaciones indefinidas o indeterminadas
  • Requisitos
Adjudicacion De Bienes
  • Procedencia de la solicitud
  • Solicitud del ejecutante
Auxiliar De La Justicia
  • Naturaleza del cargo
  • Reglas para la designación
  • Exclusión de la lista de alguien que hasta el momento estaba habilitado para serlo
  • Exclusión de las listas
Camaras De Comercio, Notarias Y Martillos
  • Función en las diligencias de remate
Debido Proceso
  • Formas propias de cada juicio como garantía de defensa y seguridad jurídica para los intervinientes
Constitucion Politica Vigente
  • Admite con carácter excepcional función judicial a autoridades ajenas a la Rama judicial
  • Indica que autoridades administrativas y particulares pueden cumplir determinadas funciones judiciales
Corte Constitucional
  • Determina los efectos de sus decisiones
  • Posibilidad de incorporar decisiones con alcances diferentes
Designacion De Peritos Y Secuestre
  • No constituye en si misma una decisión de carácter jurisdiccional
Designacion De Peritos Y Secuestres
  • Medida compatible con los principios de celeridad, economía, efectividad y eficacia del ordenamiento procesal y con el debido proceso
  • No desconoce las garantías de defensa y seguridad jurídica
Diligencia De Entrega De Bienes
  • Objeto
  • Improcedencia de delegar a empleados del Despacho judicial
  • Naturaleza judicial
Derecho A La Igualdad
  • Exigencias de acuerdo a la jurisprudencia constitucional
  • Inexistencia de vulneración cuando existen acuerdos de voluntad de las partes
Funcion Administrativa
  • Ejercicio por particulares
Funciones Y Cargos Publicos
  • Desempeño es una manifestación del derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político
  • Posibilidad de acceder tiene límites
Hipoteca
  • Atributos de persecución y preferencia
  • Ejercicio de la acción real
  • Derecho real
Legislador
  • Límites constitucionales a la facultad de regular procedimientos judiciales
  • Proporcionalidad y razonabilidad en la legitimidad de las normas procesales y el desarrollo del derecho al debido proceso
  • No podrá disponer que a través de delegación un funcionario judicial invista de jurisdicción a empleados de su despacho
  • Amplia facultad para regular las causales de inhabilidad así como su duración en el tiempo pero de manera proporcional y razonable
  • Competencia para establecer estructura probatoria del proceso
  • Cualquier regulación del proceso que impida el acceso a la administración de justicia infringe los derechos y garantías constitucionales
  • Facultad para señalar términos y condiciones de participación de particulares en el cumplimiento de funciones administrativas y judiciales
Inhabilidades Intemporales
  • Legitimidad constitucional
Juez
  • Condiciones para que pueda delegar algunas diligencias en proceso judicial
Medidas Cautelares
  • Imposibilidad de delegar su práctica a los empleados de los despachos judiciales
Norma Acusada
  • Coincidencia en cuanto a la persona pero no frente a la causa y el objeto
  • Restringe la posibilidad del deudor principal de acceder a la justicia y vulnera su derecho al debido proceso
  • Inexistencia de doble sanción
Notificacion Del Mandamiento De Pago Al Actual Propietario
  • No corresponde a la sustitución procesal propiamente dicha sino a la acción real
  • Regulación
Notificacion Personal
  • Casos en que debe surtirse
  • Procedimiento
  • Diferencias entre acto de notificación y comunicación
Prueba Anticipada Con Fines Judiciales
  • Fundamento
  • Procedencia y legitimidad de las pruebas es compatible con el principio de contradicción de la prueba
  • Validez y valoración
Pruebas
  • Facultad de las partes para aportarlas y controvertirlas
  • Posibilidad de las partes para aportar experticios emitidos por instituciones o profesionales especializados es razonable
  • No vulneración de los principios de contradicción y publicidad por solicitud de común acuerdo de las partes
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Sustitución procesal oficiosa constituye un obstáculo al deudor principal para la tutela judicial efectiva de sus derechos
Proceso Ejecutivo Con Titulo Hipotecario
  • Legitimidad de la vinculación oficiosa del actual propietario
  • Se caracteriza por dirigirse únicamente sobre la garantía real
  • Actual propietario responderá por la obligación principal pero únicamente hasta el valor del bien hipotecario o dado en prenda
  • Propósito específico
  • Vinculación y responsabilidad del actual propietario
Regimen De Inhabilidades En Acceso A Cargos O Funciones Publicas
  • Legislador se encuentra habilitado para limitar el ejercicio de derechos fundamentales
Remate
  • Ejercicio de una función legítima del Estado
  • Acto judicial complejo que comporta doble naturaleza jurídica
Peritos Y Secuestres
  • Señalamiento o reemplazo por las partes condicionado a la aprobación del juez
Porcentaje De Postura Para Remate De Bienes
  • Competencia del legislador para fijarlos no vulnera derecho a la igualdad del tercero interesado en la subasta
Potestad De Configuracion Legislativa
  • Norma demandada constituye ejercicio legítimo, razonable y proporcionado
Principio De La Buena Fe
  • Asiste a las personas en un estado social de derecho
Comunicacion
  • Concepto
  • Envío por el interesado constituye una medida razonable
Credito Hipotecario
  • Cobro no puede llevarse a cabo con la vulneración de derechos de tercero propietario
Diligencia De Secuestro
  • Involucra actuaciones de las cuales se generan consecuencias jurídicas
Exclusion De Auxiliares De La Justicia
  • Comprende efecto de hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas
  • No vulneración del principio non bis in idem
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda
Libertad De Configuracion Legislativa
  • Límites constitucionales
  • Regulación de procesos judiciales
Medios De Prueba
  • Autorización y finalidad
Notificacion Y Comunicacion
  • No ostentan carácter de actuaciones jurisdiccionales
Potestad Del Legislador
  • Diseño de régimen de inhabilidades
Remate De Bienes
  • Situación de hecho de los terceros intervinientes es diferente frente al acreedor
Remate Judicial
  • Concurrencia de actuaciones
Tramite Judicial
  • Posibilidad del ejecutado
Sentencia De Inexequibilidad Corte Constitucional
  • Confunde la delegación con la comisión
Notificacion
  • Concepto
  • Finalidad
57 temas · 94 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 54Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 12Ley 794/03INHIBITORIO
Art. 18Ley 794/03 «inciso 3»EXEQUIBLE
Art. 28Ley 794/03 «inciso 3»EXEQUIBLE
Art. 29Ley 794/03EXEQUIBLE
Art. 3Ley 794/03 «literal k numeral 4»EXEQUIBLE
Art. 52Ley 794/03INHIBITORIO
Art. 56Ley 794/03EXEQUIBLE
Art. 58Ley 794/03 «parágrafo 1, 2»EXEQUIBLE
Art. 65Ley 794/03 «parágrafo»EXEQUIBLE
Art. 66Ley 794/03 «numeral 3»EXEQUIBLE
Art. 8Ley 794/03INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«inciso 3»
12 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. Declarar exequibles, por los cargos formulados, los literales d) numeral 1 y k) numeral 4 del articulo 3o de la Ley 794 de 2003.
  2. Segundo. Declarar inexequible el inciso
  3. tercero. del articulo 8o de la Ley 794 de 2003, asi como la expresion "que tambien podran adelantar los funcionarios mencionados en el inciso 2 de este articulo" contenida en el paragrafo 1o del articulo 8o de la Ley 794 de 2003.
  4. Tercero. Inhibirse para emitir pronunciamiento de fondo en relacion con la demanda interpuesta contra las expresiones "aquellos que requieran decision" y "o no requieran de un pronunciamiento" contenidas en el articulo 12 de la Ley 794 de 2003.
  5. Cuarto. Declarar exequibles, por los cargos formulados, el inciso
  6. tercero. y el paragrafo del articulo 18; el inciso
  7. tercero. del articulo 28; el inciso
  8. cuarto. del articulo 29; el articulo 56 y el numeral 3 del articulo 66 de la Ley 794 de 2003.
  9. Quinto. Declarar exequibles, por los cargos formulados, los paragrafos 1o y 2o del articulo 58 de la Ley 794 de 2003, en el entendido que las camaras de comercio, notarias y martillos legalmente autorizados actuaran en las diligencias de remate de bienes como ejecutores de la orden impartida por el juez.
  10. Sexto. Inhibirse para emitir pronunciamiento de fondo en relacion con la demanda interpuesta contra el articulo 52 y el numeral 7 del articulo 66 de la Ley 794 de 2003.
  11. Septimo. Declarar exequible, por los cargos formulados, el aparte acusado del paragrafo del articulo 65 de la Ley 794 de 2003, en el entendido que el actual propietario respondera por la obligacion principal pero unicamente hasta el valor del bien hipotecado o dado en prenda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoRodrigo Escobar Gil
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
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Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.