Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de septiembre de 2006Sala Plena

C-789 de 2006

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Stella Blanca Ortega Rodriguez

Tema · dato duro
Inspeccion Corporal Por La Policia En Procedimientos Preventivos. Vulneración De La Intimidad Y Dignidad Humana
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda
Inspeccion Corporal En Proceso Penal
  • Necesidad de autorización judicial
Poder De Policia
  • Límites
  • Concepto
Registro De Personas Por La Policia
  • Alcance como procedimiento preventivo
  • Validez constitucional
Registros Realizados Por La Fuerza Publica En Procedimientos Preventivos
  • Definición
  • No forman parte de las investigaciones penales
  • No requieren autorización judicial
Actividad De Policia
  • Concepto
  • Naturaleza preventiva
  • Registro de personas y de vehículos
Inspeccion Corporal Por La Policia En Procedimientos Preventivos
  • Inconstitucional
  • Vulneración de la intimidad y dignidad humana
Medidas De Policia
  • Parámetros para su configuración y aplicación
Registro Personal En Proceso Penal
  • Autorización del juez de control de garantías
Requisa En Establecimiento Carcelario
  • Autorización de requisas superficiales a internos y visitantes
  • Prohibición de requisas visuales o por contacto sobre cuerpos desnudos a internos y visitantes
16 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 906 de 2004 artículos 39 74 102 208 y 350 todos parcialmente.

Se expide el código de procedimiento penal.

La funcion de control de garantias delitos que requieren querella procedencia y ejercicio del incidente de reparacion integral.

Actividad de policia.

Registro personal inspeccion corporal registro de vehiculos y otras diligencias similares.

Preacuerdos desde la audiencia de formulacion de imputacion.para la demandante las normas acusadas vulneran el preambulo y los articulos 2 93 y 250 de la carta politica.resulta oportuno recordar que las exigencias que debe reunir una demanda de inconstitucionalidad hacen parte esencial del propósito que busca la propia carta en el control constitucional de las leyes y le permiten a la corte desarrollar su función en debida forma pues delimita el campo en el cual hará el análisis correspondiente.

No basta entonces proponer cualquier acusación para entender que los requerimientos han sido observados ya que es necesario que el cargo que se exponga sea susceptible de confrontación con los textos constitucionales que se consideran vulnerados.

La corte se inhibirá de proferir un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de los apartes de los artículos 39 inciso 1º; 74 numeral 2°; 102 inciso 2º; Y 350 numeral 1º todos de la ley 906 de 2004 por ineptitud sustancial de la demanda.la actividad de policía como ejecución material del poder y de la función de policía es por esencia de carácter preventivo y se manifiesta en medidas lícitas razonables y proporcionadas.

Parametros para configuracion de las medidas de policia: Legalidad finalidad necesidad proporcionalidad e igualdad.

En ejercicio de su actividad preventiva la policía puede efectuar el registro de personas y vehículos pero no inspecciones corporales.

El registro personal que se efectúa en desarrollo de la actividad preventiva de policía consiste simplemente en una exploración superficial de la persona que como tal no compromete constataciones íntimas.

Los cuerpos de policía están habilitados constitucionalmente para realizar el registro de personas y de vehículos siempre con miras a favorecer la convivencia pacífica y a asegurar la tranquilidad e indemnidad de la comunidad pero no están autorizados para efectuar en ejercicio de esa misma actividad inspecciones corporales procedimiento que requiere autorización judicial previa.inhibida exequibles e inexequibles las expresiones "inspeccion corporal" e "y otras diligencias similares" contenidas en el articulo 208 de la ley 906 de 2004

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 102Ley 906/04 «inciso 2»INHIBITORIO
Art. 208Ley 906/04INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«inspección corporal" e "y otras diligencias similares»
Art. 350Ley 906/04 «inciso 1»INHIBITORIO
Art. 39Ley 906/04 «inciso 1»INHIBITORIO
Art. 74Ley 906/04 «numeral 2.»INHIBITORIO
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo sobre la constitucionalidad de los segmentos normativos acusados de los articulos 39, inciso 1o; 74, numeral 2deg; 102, inciso 2o; y 350, inciso 1o, de la Ley 906 de 2004, por ineptitud sustancial de la demanda.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la expresion "registro personal" contenida en el articulo 208 de la Ley 906 de 2004, en el entendido de que se trata de una revision externa, superficial y no invasiva.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE la expresion "registro de vehiculos" contenida en el articulo 208 de la Ley 906 de 2004.
  4. Cuarto. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "inspeccion corporal" e "y otras diligencias similares" contenidas en el articulo 208 de la Ley 906 de 2004.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónAlvaro Tafur GalvisSalvamentoJaime Araujo RenteríaAclaraciónClara Ines Vargas Hernandez
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.