Micelio

Artículo 350

Preacuerdos Desde La Audiencia De Formulación De Imputación

Ley 906 de 2004 · por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

4 sentencias lo revisaron1 condicionada
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desde la audiencia de formulación de imputación y hasta antes de ser presentado el escrito de acusación, la Fiscalía y el imputado podrán llegar a un preacuerdo sobre los términos de la imputación. Obtenido este preacuerdo, el fiscal lo presentará ante el juez de conocimiento como escrito de acusación.

El fiscal y el imputado, a través de su defensor, podrán adelantar conversaciones para llegar a un acuerdo, en el cual el imputado se declarará culpable del delito imputado, o de uno relacionado de pena menor, a cambio de que el fiscal:

1.

Elimine de su acusación alguna causal de agravación punitiva, o algún cargo específico.

2.

Tipifique la conducta, dentro de su alegación conclusiva, de una forma específica con miras a disminuir la pena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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