C-567 de 2019
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Juan Fernando Gutierrez Marquez·Demandado Ley 904 De 2004
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho político de todo ciudadano
- Democracia participativa
- Exigencia de requisitos mínimos
- Definición y fundamento
- Tipos
- Efectos
- Alcance
- Concepto
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Límites
- Modalidades
- Consagración en la Constitución Colombiana
- Fundamento
- Alcance
- Instrumentos internacionales
- Distinción
- Carácter no absoluto
- Jurisprudencia constitucional
- No es absoluto
- Restricciones
- Alcance y concepto
- Sujeción a límites relacionados con el respeto de los derechos de los asociados y demás valores y principios superiores
- Ineptitud sustantiva de la demanda por incumplimiento de requisitos de certeza, pertinencia y suficiencia
- Sujeción a la legalidad
- Reserva judicial
- Objeto preventivo
- No vulnera el principio de presunción de inocencia
- Alcance
- Jurisprudencia constitucional
- Rango de derecho fundamental
- Subreglas constitucionales
- Inexistencia
- Respeto del precedente
- Concepto
- Finalidad
- Naturaleza
- Causales de procedencia
- Restricción del derecho a la libertad personal
- Requisitos para que proceda
- Carácter rogado
- Reserva judicial
- Aptitud de la demanda
- Informalidad y requisitos mínimos
- Amplio margen del Legislador en el ámbito penal
- Limitaciones legales
- Definición
- Instrumentos internacionales
- Aplicación
- Incumplimiento de requisitos de certeza, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 313 (parcial) de la Ley 906 de 2004, modificado por el artículo 7 de la Ley 1826 de 2017.
Los actores argumentaron que la norma cuestionada vulnera los artículos 29, 93 y 248 de la Constitución Política, al igual que el artículo 8.2. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y, los artículos 9.1 y 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La Sala resolvió, ESTARSE A LO DECIDIDO en la sentencia C-425/08, en tanto declaró EXEQUIBLE el artículo 26 de la Ley 1142 de 2007, en relación con el cargo de desconocimiento del derecho a la presunción de inocencia.
En consecuencia, declaró EXEQUIBLE el inciso 1 del numeral 4 del artículo 313 de la Ley 906 de 2004, modificado por el artículo 7 de la Ley 1826 de 2017, en el entendido que las capturas aludidas en la norma examinada, sólo serán aquellas que hayan sido debidamente ordenadas por autoridad competente con apego a los requisitos legales, o las que sean fruto de audiencia de legalización por juez de control de garantías.
Así mismo, declaró EXEQUIBLE el inciso 1 del numeral 4 del artículo 313 de la Ley 906 de 2004, en relación con el cargo de violación del artículo 29 de la Constitución.
Por último, se declaró INEXEQUIBLE el inciso 2 del numeral 4 del artículo 313 ibídem, por vulneración del artículo 29 de la Constitución, por desconocerse el principio de culpabilidad por el acto.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. ESTARSE A LO DECIDIDO en la sentencia C-425 de 2008, en tanto declaro EXEQUIBLE el articulo 26 de la Ley 1142 de 2007, en relacion con el cargo de desconocimiento del derecho a la presuncion de inocencia (articulo 29 de la Constitucion Politica de Colombia).
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, en consecuencia, el inciso 1 del numeral 4 del articulo 313 de la Ley 906 de 2004, modificado por el articulo 7 de la Ley 1826 de 2017, EN EL ENTENDIDO de que las capturas aludidas en la norma examinada solo seran aquellas que hayan sido debidamente ordenadas por autoridad competente con apego a los requisitos legales, o las que sean fruto de audiencia de legalizacion por juez de control de garantias.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el inciso 1 del numeral 4 del articulo 313 de la Ley 906 de 2004, en relacion con el cargo de violacion del articulo 29 de la Constitucion (derecho penal de acto).
- Cuarto. Declarar INEXEQUIBLE el inciso 2 del numeral 4 del articulo 313 de la Ley 906 de 2004, por vulneracion del articulo 29 de la Constitucion, por desconocerse el principio de culpabilidad por el acto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.