Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de noviembre de 2019Sala Plena

C-560 de 2019

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Alejandro Ruiz Orozco·Demandado Ley 1952 De 2019

Tema · dato duro
Faltas Disciplinarias Gravísimas. Infracciones Al Derecho Internacional De Los Dd. Hh. Y Al Dih. Faltas Relacionadas Con El Régimen Penitenciario Y Carcelario. Causales De Mala Conducta. Competencia Especial De La Sala Disciplinaria De La Procuraduría General De La Nación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Oportunidad en la que se estudia
  • Elementos
  • Finalidad
Debido Proceso
  • Garantías
  • Vulneración por desconocimiento del juez natural
Cosa Juzgada
  • Prohibición de reproducir el contenido material del acto jurídico declarado inexequible
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Competencia de la Corte Constitucional
Juez Natural
  • Función
  • Garantía
  • Garantía de realización del debido proceso y la igualdad
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Carácter definitivo, de obligatorio cumplimiento y con efectos erga omnes
Codigo General Disciplinario
  • Inexequibilidad de la expresión “de la Contraloría” contenida en el artículo 101
Cosa Juzgada Material
  • Declaración debe ser adoptada por Sala Plena
  • Configuración
Debido Proceso Administrativo
  • Consagración constitucional
15 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 52, 66 y 101 (parciales) de la Ley 1952 de 2019 por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.

El demandante considera que los apartes normativos cuestionados son incompatibles con lo previsto en los artículos 4 y 243 de la Carta, en la medida que reproducen normas que ya fueron declaradas inexequibles por la Corte Constitucional.

La Sala verificó la existencia de cosa juzgada material en relación con la inexequibilidad de la calificación de grave de la lesión que constituye falta disciplinaria gravísima y, por ello, decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-181//02.

Así mismo, se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo respecto sobre la exequibilidad de la expresión “y el tercer inciso del artículo 178 A”, contenida en el artículo 66 de la Ley 1952 de 2019, por carencia actual de objeto.

Finalmente, decidió declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “de la Contraloría”, contenida en el artículo 101 ibídem.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1952/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 101Ley 1952/19INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«“de la Contraloría”, contenida en el artículo 101»
Art. 52Ley 1952/19INEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Respecto de la expresión "grave", contenida en el artículo 52 de la Ley 1952 de 2019 (CGD), declarar ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-181 de 2002, que declaró inexequible la expresión "grave" que figuraba en el artículo 25 de la Ley 200 de 1995 y, en consecuencia, declarar INEXEQUIBLE la expresión "grave", contenida en el literal b) del numeral 1 del artículo 52 del CGD.
  2. SEGUNDO. INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo sobre la exequibilidad de la expresión "y el tercer inciso del artículo 178 A", contenida en el artículo 66 de la Ley 1952 de 2019 (CGD), por carencia actual de objeto.
  3. TERCERO. Declarar la INEXEQUIBILIDAD de la expresión "de la Contraloría", contenida en el artículo 101 de la Ley 1952 de 2019 (CGD).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.