C-405 de 2016
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Beatriz Eugenia Peñuela Lopez Y Otro·Demandado Ley 1412 De 2010, Articulo 4 Parcial.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Formalidades que se requieren en ciertos casos
- Naturaleza o la intensidad de la intervención en la salud
- No se refiere a la mera aceptación del paciente a una intervención o tratamiento sanitario
- Proceso de comunicación entre paciente y profesional de la salud
- Carácter de principio autónomo que además materializa otros principios constitucionales
- Características
- Debe garantizar una decisión voluntaria y suficientemente informada
- Desarrollo jurisprudencial en el ámbito del acto médico
- Hace parte del derecho a recibir información y del derecho a la autonomía que se encuentran reconocidos por la Constitución
- Nivel de información necesario para intervención sanitaria
- Requisitos esenciales en el ámbito del acceso a la información en materia reproductiva según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
- Constituye elemento determinante para la protección de derechos
- Intervenciones de la salud
- Protege el derecho del paciente a participar en decisiones médicas e impone obligaciones a prestadores del servicio de salud
- Información es determinante para garantizar el derecho a la autonomía del paciente
- Jurisprudencia constitucional
- Doble connotación
- Aplicación inmediata
- Carácter instrumental
- Consagración normativa
- Ejercicio ante autoridades públicas o ante particulares
- Exigencias constitucionales y legales para su radicación
- Formalidades en la presentación de solicitudes
- Fundamental
- Importancia en el Estado Social de Derecho
- Presentación regulada a través de la Ley 1755 de 2015
- Resolución pronta y oportuna
- Peticiones respetuosas presentadas por particulares ante autoridades deben ser resueltas de manera oportuna, completa y de fondo
- Depende de la naturaleza misma de la intervención sanitaria
- Jurisprudencia constitucional
- No exige formalidades más allá de las establecidas en la Constitución y la Ley
- Hace parte de la política pública en materia de derechos sexuales y reproductivos
- No se propone como mecanismo de esterilización forzada
- Deber de informar sobre riesgos y beneficios
- Realización debe estar antecedida de una decisión libre, informada, consiente, voluntaria y sin presiones
- Carácter especial de la solicitud escrita
- Exequibilidad de la expresión “por escrito” frente a solicitud del servicio de esterilización quirúrgica
- Procedimiento para la práctica
- Solicitud escrita no vulnera el derecho de petición
- Solicitud escrita para la práctica de anticoncepción quirúrgica es una medida legislativa razonable y proporcional
- Solicitud escrita se presenta en ejercicio del derecho de petición
- Alcance de la norma frente al derecho de petición
- Consentimiento informado y cualificado
- Improcedencia de declarar constitucionalidad condicionada al no admitir la expresión acusada interpretación contraria
- Norma permite que personas con limitaciones de lectoescritura expresen su voluntad en la solicitud escrita como en el consentimient
- Norma plantea formalidad en presentación de solicitud mas no prohibición en acceso al servicio quirúrgico de anticoncepción para qu
- Solicitud escrita y su relación con el consentimiento informado y cualificado
- Reconocimiento jurisprudencial
- Relación directa e inescindible debido a que la vasectomía y ligadura de trompas son métodos invasivos que requieren plena conciencia de las personas
- Carga mínima de argumentación
- Aplicación del principio pro actione
- Indicación precisa del objeto demandado, el concepto de violación y la razón por la cual la Corte Constitucional es competente
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Facultad del paciente de asumir o declinar un tratamiento de salud
- Núcleo esencial
- Hace parte del derecho de acceso a la información
- Situaciones excepcionales de exigencia
- Se requiere para todo tratamiento aún el más elemental
- Indispensable para proteger la integridad personal
- Jurisprudencia constitucional
- Situaciones especificas
- Alcance
- Objetivo
- No tienen carácter absoluto
- Requisitos
- Cualquier medida encaminada a promover o practicar la esterilización forzada es ilegal e inconstitucional según sentencia C-182 de 2016
- Objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucional contra el artículo 4º (parcial) de la Ley 1412 de 2010, por medio de cual se autoriza la realización de forma gratuita y se promueve la ligadura de conductos deferentes o vasectomía y la ligadura de trompas de Falopio como formas para fomentar la paternidad y maternidad responsable.
Los demandantes señalan que el aparte acusado, el cual exige que la solicitud para acceder a la anticoncepción quirúrgica definitiva debe realizarse por escrito, viola los artículos 2, 13, 16 y 23 de la Constitución y, por integración al bloque de constitucionalidad, el artículo 24 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
Aduce, que tal requerimiento limita de manera grave el ejercicio del derecho de petición, haciéndolo más restringido cuando se trata de efectuar una solicitud para acceder al procedimiento de anticoncepción quirúrgica consagrado en la referida ley, porque anula la posibilidad de presentar solicitudes verbales en este aspecto.
La Sala considera que de la lectura sistemática de la norma se extrae claramente que si bien existe una regla general para la presentación de la solicitud, esta es, por escrito, también efectúa una armonización de tal formalidad con los principios y derechos constitucionales de las personas que carecen de habilidades de lectoescritura, que conlleva de manera clara a la inclusión de alternativas que lejos de limitar la aplicación de la Ley, la amplían.
Se declara la EXEQUIBILIDAD de la expresión “por escrito”.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1412/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del pueblo, y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE la expresion "por escrito" contenida en el articulo 4o de la Ley 1412 de 2010, "por medio de la cual se autoriza la realizacion de forma gratuita y se promueve la ligadura de conductos deferentes o vasectomia y la ligadura de trompas de Falopio como formas para fomentar la paternidad y maternidad responsable", por el cargo analizado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.