Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de junio de 2016Sala Plena

C-337 de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Franky Alexander Vega Murcia·Demandado Ley 1437 De 2011, Articulo 192 Parcial

Tema · dato duro
Apelación Del Fallo Administrativo Condenatorio. En Caso De Inasistencia Del Apelante A La Audiencia De Conciliación Antes De Resolver La Concesión Del Recurso, Se Declarará Desierto El Recurso.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consecuencia De Declarar Desierto El Recurso De Apelacion Contra Sentencia Condenatoria De Primera Instancia Cuando El Apelante No Asiste A La Audiencia De Conciliacion
  • Constituye una medida razonable y proporcionada a las finalidades previstas por el leg
  • La Sala plena de la Corte Constitucional tenía elementos suficientes para entender que
  • No serían aceptables aplicaciones estrictas de la regla que dejen de reconocer excusas
  • Una norma que establece como consecuencia del incumplimiento de un deber procesal (asi
  • Una sanción tan drástica como la deserción del recurso de apelación, cuando quien acud
  • La sentencia C-337/16 establece que el aparte normativo acusado no va en contra de la
  • Medida no resulta adecuada y efectivamente conducente
  • Sala Plena ha debido optar por hacer un juicio de razonabilidad constitucional más exi
  • Teniendo en cuenta que la norma se dirige, ante todo, a entidades públicas que han sid
Audiencia De Conciliacion En Recurso De Apelacion Contra Sentencia De Primera Instancia De Caracter Condenatorio
  • Al introducir una sanción por no asistir, el legislador fuerza a quienes participaron del proceso a acudir
  • Coacción para asistir es una opción que no está expresamente proscrita en la Constitución del 91
  • Norma abre posibilidad para que entidad pública condenada pueda concurrir y terminar anticipadamente el proceso
  • Obligatoriedad de asistencia y consecuencias negativas para la parte apelante que no asistiere no viola ninguna prohibición constitucional
Codigo De Procedimiento Administrativo Y De Lo Contencioso Administrativo
  • No contempla la obligatoriedad de asistencia a la audiencia de conciliación como requisito para la procedencia del recurso de apelación
  • Trámite del recurso de apelación contra sentencias proferidas en primera instancia
  • Reglas para el cumplimiento de sentencias o conciliaciones por parte de las entidades públicas
Cumplimiento De Sentencias O Conciliaciones Por Las Entidades Publicas Segun El Codigo De Procedimiento Administrativo Y De Lo Contencioso Administrativo
  • Alcance
  • Exequibilidad de la expresión "si el apelante no asiste a la audiencia, se declarará desierto el recu
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
  • Concepto de violación
Demanda Sobre Cumplimiento De Sentencias O Conciliaciones Por Las Entidades Publicas Segun El Codigo De Procedimiento Administrativo Y De Lo Contencioso Administrativo
  • Interpretación que extiende la obligación de acudir a la audiencia de conciliación al d
  • Test intermedio
  • Al declararse la exequibilidad del aparte censurado, con el pretexto de descongestionar
  • Segmento normativo censurado ha debido declararse inexequible
Principio A La Doble Instancia Y Clausula General De Competencia
  • Limites a la libertad de configuración del legislador
Principio De La Doble Instancia
  • No tiene carácter absoluto
Procedimientos Judiciales
  • Amplia potestad del Legislador
Proyecto De Ley En Materia De Descongestion Judicial Frente A La Obligatoriedad De La Audiencia De Conciliacion
  • Antecedentes legislativos
  • Propósito de la inclusión de la Ley 1395 de 2010 en la Ley 1437 de 2011
Derecho Al Debido Proceso Y Principio-Derecho A La Doble Instancia
  • Garantía de los derechos de defensa y de contradicción
Excepciones O Limitaciones Al Principio-Derecho A La Doble Instancia
  • Amplio margen de configuración del legislador
  • No pueden ser injustificadas, desproporcionadas o arbitrarias
Principio-Derecho A La Doble Instancia
  • Alcance
  • Hace parte del bloque de constitucionalidad
  • Consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos
  • Finalidad
  • Limitaciones
Tutela Judicial Efectiva
  • Alcance
  • Bloque de constitucionalidad
  • Derecho de aplicación inmediata
  • Está directamente relacionada con la justicia como valor fundamental de la Constitución
  • Expresión medular del carácter democrático y participativo del Estado
  • Hace parte del núcleo esencial del debido proceso
  • Pilar fundamental del Estado Social de Derecho
Clausula General De Competencia Del Congreso De La Republica
  • Configuración de procesos judiciales y reglas para su desarrollo
Congreso De La Republica
  • Depositario de la cláusula general de competencia
Cumplimiento De Sentencias O Conciliaciones Por Las Entidades Publicas
  • Carga procesal para entidades públicas condenadas en primera instancia que apelan la condena
Derecho A La Tutela Judicial Efectiva
  • Limites a la libertad de configuración del legislador en procesos judiciales
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Necesidad inherente a la condición humana
Juicio De Proporcionalidad
  • Modalidades según el grado de intensidad
Procesos Judiciales
  • Discrecionalidad normativa del Legislador
27 temas · 57 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 92 (parcial) de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Para el demandante, la norma acusada al establecer la exigencia de asistir a una audiencia de conciliación como requisito para la concesión del recurso de apelación en lo contencioso administrativo, so pena de declararlo desierto, vulnera los derechos al debido proceso, a la doble instancia y al acceso a la administración de justicia de los apelantes.

Considera, que el legislador excedió la libertad de configuración legislativa, introduciendo una carga procesal que resulta irrazonable y desproporcionada.

Para la Corte, la consecuencia de declarar desierto el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria de primera instancia, cuando el apelante no asiste a la audiencia de conciliación, constituye una medida razonable y

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1437/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 192Ley 1437/11 «"si el apelante no asiste a la audiencia, se declarará desierto el recurso",»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresión "si el apelante no asiste a la audiencia, se declarará desierto el recurso", contenida en el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011, por los cargos analizados
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoLuis Ernesto Vargas SilvaAclaraciónMaría Victoria Calle CorreaAclaraciónGloria Stella Ortiz Delgado
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.