C-282 de 2017
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Juan Camilo Garrido Duque·Demandado Ley 1801 De 2016
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Medidas correctivas
- Recurso de apelación en el “efecto devolutivo” en contra de orden de policía o medida correctiva en desarrollo del proceso verbal inmediato
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
- Herramienta argumentativa útil para analizar las restricciones a los derechos fundamentales de las personas
- Límites
- Contenido y alcance
- Definición
- Finalidad
- Conductas que dan lugar a la imposición de dichas medidas
- No tienen carácter sancionatorio
- Prescripción
- Garantía del debido proceso en lo que corresponde al efecto útil de dicho rec
- Inhibición para realizar pronunciamiento de fondo sobre el cargo por el supue
- Contenido y alcance
- Recursos
- Autoridades competentes para adelantarlo
- Efecto devolutivo, como medio en que se concede el recurso de apelación cuando se impone medida correctiva de suspensión temporal de actividad
- Consagración constitucional
- No impide que los textos acusados puedan ser nuevamente objeto de estudio a partir de una demanda que satisfaga cabalmente las exigencias de ley
- Recursos y medios de defensa
- Recurso de apelación que se otorga en el efecto devolutivo
- Modalidades de efectos en la doctrina procesal
- Jurisprudencia constitucional
- Modalidad de efectos es asunto sujeto a la libre disposición del Congreso, siempre que ello se haga en términos de razonabilidad y proporcionalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 222 (parcial) de la Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia.
El actor considera que el efecto devolutivo en el que se concede el recurso de apelación cuando se impone la medida correctiva de suspensión temporal de actividad, en desarrollo del proceso verbal inmediato de policía, es contrario al derecho al debido proceso, en lo que corresponde al efecto útil de dicho recurso o medio de impugnación.
La Corte resalta que la medida que se impone es de carácter temporal, lo que le permite al interesado volver a realizar la actividad frente a la cual se dispuso el cese, bajo la lógica de que acredite plenamente el cumplimiento de las normas de convivencia.
A lo anterior agrega que, incluso desde la óptica procedimental, su imposición supone el desarrollo de un proceso, en el que se dota al presunto infractor de la posibilidad de ser oído, de realizar descargos e incluso de llegar a un acuerdo mediante el ejercicio de la mediación policial, lo que reduce la posibilidad de que exista un actuar arbitrario, más aún cuando para la imposición de la medida, la autoridad se debe sujetar a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad, a los cuales refiere el artículo 8 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
Se declara la EXEQUIBILIDAD de la expresión demandada.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1801/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- En relacion con el cargo expuesto y examinado en esta sentencia, declarar EXEQUIBLE la expresion: "el cual se concedera en el efecto devolutivo", prevista en el paragrafo 1 del articulo 222 de la Ley 1801 de 2016, "Por la cual se expide el Codigo Nacional de Policia y Convivencia".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.