Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de abril de 2007Sala Plena

C-278 de 2007

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Jose Humberto Gomez Herrera Y Otros

Tema · dato duro
Desplazamiento Forzado. Norma Que Establece Que El Desplazado Cooperará En El Mejoramiento De Su Situación Representa Una Carga Desproporcionada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Desplazados
  • Deber del Estado de brindar protección integral
Desplazamiento Forzado
  • Eliminación del término máximo para la atención humanitaria de emergencia
  • Respuesta de sociedad y Estado debe corresponder a gravedad de situación
  • Término de atención humanitaria de emergencia debe ser flexible
  • Norma que establece que el desplazado cooperará en el mejoramiento de su situación representa una carga desproporcionada
  • Término de atención humanitaria de emergencia será prorrogable hasta que el afectado esté en condiciones de asumir su autosostenimiento
  • Vulneración múltiple, masiva y continua de derechos fundamentales
Principios Rectores Del Desplazamiento Interno
  • Fuerza vinculante
  • Hacen parte del bloque de constitucionalidad
Desplazados Internos
  • Derecho a recibir en forma urgente un trato preferente
  • Obligaciones del Estado
5 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 387 de 1997 articulos 13 (paragrafo) y 18 (paragrafo).

Se adoptan medidas para la prevencion del desplazamiento forzado; La atencion proteccion consolidacion y estabilizacion socioeconomica de los desplazados internos por la violencia de la republica de colombia.

De la atencion humanitaria de emergencia y de la cesacion de la condicion de desplazado forzado.los demandantes consideran que la norma acusada viola los articulos 1 2 5 11 13 21 22 25 42 43 44 46 47 48 49 50 51 90 y 93 de la constitucion politica.obligaciones del estado colombiano frente al desplazamiento forzado.

Fuerza vinculante de los principios rectores del desplazamiento.

Derechos constitucionales que resultan amenazados o vulnerados por las situaciones de desplazamiento forzoso.

Respuesta institucional del estado colombiano y resultados de la politica publica en materia de desplazamiento forzado.

El estado de cosas inconstitucional.

La atencion humanitaria de emergencia sera prorrogable hasta que el afectado este en condiciones de asumir su autosostenimiento.

El imperativo "cooperara" de la norma pone una carga desproporcionada al desarraigado pues lo hace responsable de la obtecnion de su restablecimeitno desmontando asi al estado de su deber primario de garatia y olvidando que se trata de sujetos de especial proteccion.inexequible las expresiones "maximo" y "excepcionalmente por otros tres (3) meses mas" del paragrafo del articulo 15 de la ley 387 de 1997 y exequible el resto del paragrafo e inexequible el paragrafo del articulo 18 de la ley 387 de 1997

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 387/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 18Ley 387/97INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«Parágrafo.»
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "maximo" y "excepcionalmente por otros tres (3) mas", contenidas en el paragrafo del articulo 15 de la Ley 387 de 1997, y EXEQUIBLE el resto del paragrafo, en el entendido que el termino de la atencion humanitaria de emergencia previsto en esa disposicion sera prorrogable hasta que el afectado este en condiciones de asumir su autosostenimiento.
  2. Segundo. Declarar INEXEQUIBLE el paragrafo del articulo 18 de la Ley 387 de 1997.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.