C-263 de 2013
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Fernando Alvarez Rojas Y Otro·Demandado Ley 142 De 1994 Articulo 74 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Alcance y límites
- Competencia para adoptar reglas de comportamiento diferencial, según la posición de las empresas en el mercado, no desconoce la reserva de ley
- Naturaleza administrativa
- Funciones especiales
- Jurisprudencia constitucional
- Modelo adoptado en la Constitución Política
- Significado
- No vulnera la reserva de ley, los principios democrático y participativo, ni los derechos de ig
- Contenido y alcance
- Elementos característicos
- Jurisprudencia constitucional
- Origen y fundamento en la ley, aun cuando no excluye la intervención de otras autoridades para regular su ejercicio
- Definición
- Tratándose de la prestación de servicios públicos domiciliarios, la libertad económica no es de carácter absoluto
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Instrumentos
- Contenido y alcance
- Límites
- No es un derecho absoluto
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Forma de intervención del Estado en la economía
- Reserva de ley
- Marco constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 74 (parcial) de la Ley 142 de 1994, por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.
Los demandantes consideran necesario que la Corte fije posición acerca de los límites a las competencias de las Comisiones de Regulación en el ámbito de los servicios públicos domiciliarios, concretamente para adoptar “reglas de comportamiento diferencial, según la posición de las empresas en el mercado”.
Mercados que, según afirman, tienen la característica de ser monopolios naturales en donde el acceso y las tarifas se encuentran regulados, de manera que la única justificación de intervención sería el abuso de la posición dominante y no la adecuada gestión de negocios o el éxito empresarial.
La Corte concluyó que la facultad de las Comisiones de Regulación de que trata la norma no vulnera la reserva de ley, ni los principios democrático y participativo, como tampoco los derechos de igualdad y debido proceso.
Se declara la EXEQUIBILIDAD de las expresiones acusadas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 142/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, la expresión "La comisión podrá adoptar reglas de comportamiento diferencial, según la posición de la empresa en el mercado", contenida en el literal a) de los artículos 74.1 y 74.2 de la Ley 142 de 1994.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.