C-225 de 2014
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Revision Constitucional De La Ley 1666 De 2013 Aprobatoria Del Acuerdo Entre El Gobierno D Ela Republica De Colombia Y El Gobierno De Los Estados Unidos De America Para El Intercambio De Informacion Tributaria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Constitucionalidad del trámite legislativo
- Revisión material
- Se ajusta a la constitución política
- Contenido
- Trámite legislativo
- Vicio de procedimiento al aprobar iniciativa sin tener en cuenta período de tiempo que debe mediar entre primero y segundo debate
- Vicio de procedimiento debidamente subsanado al repetir la actuación irregular
- Cumplimiento de requisitos
- Finalidad
- Estimar que una votación irregular y extemporánea solventa el requisito de la votación nominal y pública es un error
- Se declaró exequible una ley que no fue aprobada ni por unanimidad ni tampoco mediante votación nominal y pública y por lo m
- Violación de la obligatoriedad del precedente jurisprudencial sobre los vicios relacionados con la unanimidad
- Implicaciones del trámite de urgencia y la deliberación conjunta de Comisiones Permanentes
- Solicitud trámite de urgencia
- Incumplimiento del plazo para trámite de urgencia no genera vicio de procedimiento ni ocasiona pérdida de competencia para trámite del proyecto
- Trámite de urgencia altera el rito ordinario
- Trámite de urgencia no hace imperativo mediación de quince días
- Reglas por las que se rige
- Concepto
- Excepción a la regla general del voto nominal y público de congresistas
- Definición
- Se desconoce decisión tomada por la Corte en sentencia C-134 de 2014
- Alcance
- Características
- Competencia de la Corte Constitucional
- Designación de conjueces
- Interpretación de reglas constitucionales sobre formación de las leyes
- Jurisprudencia constitucional
- Aplicación
- Definición
- Finalidad
- Sesiones conjuntas
- Excepciones a la regla general
- Regla general en trámite legislativo
- Regla general en trámite legislativo y sólo admite excepciones estrictamente previstas en la Constitución y la Ley
- Casos en que se permite
- Circunstancias para acreditar unanimidad
- Excepción a la votación nominal y pública
- Sólo es admisible en casos de unanimidad
- Definición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 1666 de 2013, por medio de la cual se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el intercambio de información tributaria, suscrito en Bogotá, D.C., el 30 de marzo de 2001.
La Corte encontró que el Acuerdo se orienta al logro de un objetivo que resulta compatible con la Constitución, como lo es prevenir y combatir dentro de sus respectivas jurisdicciones la evasión y la elusión fiscal.
Este objetivo, contribuye al fortalecimiento de las arcas del Estado, a la eficiencia del sistema tributario y a la realización del deber de contribuir dentro de los conceptos justicia y equidad, en los términos previstos en los artículos 95.9 y 189.20 del Texto Superior.
En lo referente al intercambio de información y a las formas previstas para tal efecto (información general, espontánea y específica), la Corte encontró que el mismo es respetuoso de los derechos a la intimidad y al hábeas data, en un contexto acorde con el ejercicio de las facultades de fiscalización y vigilancia a cargo de las autoridades competentes en materia tributaria.
Igualmente advirtió que desarrollo los principios de reciprocidad y de conveniencia nacional consagrados en el artículo 226 de la Carta, no sólo en la delimitación de los tributos comprendidos en el convenio, sino también en las acciones previstas para asegurar su cumplimiento.
EXEQUIBLES, tanto el acuerdo como su ley aprobatoria.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1666/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de America para el intercambio de informacion tributaria", suscrito en Bogota DC, el 30 de marzo de 2001.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1666 de 2013, "por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de America para el intercambio de informacion tributaria", suscrito en Bogota DC, el 30 de marzo de 2001.".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.