C-168 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Iriana Aponte Diaz·Demandado Ley 1403 De 2010
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance del examen respecto de irregularidades
- Cambio en el empleo de la expresión no corresponde a una diferencia sustantiva
- Elementos fundamentales
- Importancia
- Reglas no están orientadas a su calidad o suficiencia
- Reglas constitucionales y legales
- Alcance de la expresión como instrumento para la configuración de la voluntad legislativa
- No comporta la adopción de un tema nuevo o de uno que hubiese sido previamente negado
- No toda vulneración de una regla sobre la formación de las leyes, contenida en la Constitución o en el respectivo Reglamento del
- Debe concordarse con el principio de instrumentalidad de las formas
- Debates
- Inexistencia de vicios de procedimiento en la manera como se tramitó la votación de los informes de ponencia y del proyec
- Contenido normativo
- Frente a la designación de varios ponentes y ante la discrepancia entre ellos, pueden presentar informes separados
- Hipótesis que pueden presentarse por diferencias en informes de ponencia
- Trámite legislativo
- Es acorde con un debate democrático, expresión de una voluntad legislativa libre e ilustrada, respeto de la regla mayoritaria y de los derechos de las minorías, publicidad e instrumentalidad de las form
- Jurisprudencia Constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Constitucionalidad de la Ley 1403 de 2010, por la cual se adiciona la Ley 23 de 1982, sobre derechos de autor, se establece una remuneración por comunicación pública a los artistas, intérpretes o ejecutantes de obras y grabaciones audiovisuales o “ley Fanny Mickey”.
La demandante considera que en el trámite del proyecto que se convirtió en la Ley 1403 de 2010, se infringieron varios artículos de la Constitución y de la Ley 5ª de 1993, que desencadenaron en una serie de vicios de procedimiento de carácter insubsanable por violación de las normas que regulan el trámite de las proposiciones y del principio de publicidad del trámite legislativo.
La Corte reiteró los principios que orientan el procedimiento legislativo acorde con un debate democrático, expresión de una voluntad legislativa libre e ilustrada, respeto de la regla mayoritaria y de los derechos de las minorías, publicidad e instrumentalizad de las formas.
Se encontró que en el trámite legislativo surtido no se configuraron los vicios de procedimiento alegados por la demandante y se declara EXEQUIBLE por los cargos analizados, la ley 1403 de 2010.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 23/82. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar la EXEQUIBILIDAD, por los cargos analizados, de la Ley 1403 de 2010.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.