Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de febrero de 1995Sala Plena

C-055 de 1995

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Pedro Pablo Camargo

Tema · dato duro
Ley 104/93. Reserva De Ley Estatutaria. Convivencia Y Eficacia De La Justicia. Correccion De Vicios Subsanables. Exequibles E Inexequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

16 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 104/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 104/93INEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Con respecto a los articulos 94, 95, 96 y 97 de la Ley 104 de 1993, ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencias No. C-425/94 y No. C-562/94, que declararon inexequibles estas disposiciones.
  2. Segundo. Con respecto a los articulos 128 (parcial), 129 (parcial), 130 y 133 de la Ley 104 de 1993, ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia No. C-428794, que declararo exequibles estas disposiciones.
  3. Tercero. Declarar INEXEQUIBLES los articulos 17, 98, 99, 100 y 101 de la Ley 104 de 1993.
  4. CUARTO. Declarar EXEQUIBLES el resto de los articulos que conforman la Ley 104 de 1993, pero unicamente por las razones expresamente estudiadas en esta sentencia, esto es, por no ser estas materias de reserva de ley estatutaria; por haberse debidamente corregido el vicio de tramite relacionado con el articulo 160 de la Constitucion; por haberse cerrado en debida forma el debate en las Comisiones; por no haber irregularidades en la ponencia para
  5. segundo. debate; y, finalmente, porque la persistencia de discrepancias entre las Camaras no afecta a la totalidad de la Ley 104 de 1993 sino unicamente a dos proyectos de articulos que no fueron incluidos en la misma..
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.