C-721 de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance respecto de vicios de procedimiento
- Alcance sobre vicios de procedimiento
- Características
- Resulta compatible con la Constitución
- No exige que la publicación de la ponencia deba ser anterior al anuncio de votación
- No alteración por legislador del contenido
- Cumplimiento
- Proyectos anunciados para "la próxima sesión"
- Necesidad de analizar el contexto en el que se hizo el anuncio
- No configuración por haber anunciado votación de proyecto de ley antes de publicación de ponencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revision de la ley 1113 de 27 de diciembre de 2006 por medio de la cual se aprueban las "enmiendas a la constitucion de la organizacion mundial de la salud oms: "enmiendas al articulo 7°" adoptada por la 18ª asamblea mundial de la salud el 20 de mayo de 1965; "modificacion de los articulos 24 y 25" adoptada por la 51ª asamblea mundial de la salud el 16 de mayo de 1998 y la "adopcion del texto en arabe y de la reforma del articulo 74" adoptados por la 31ª asamblea mundial de la salud el 18 de mayo de 1978.competencia de la corte constitucional en materia de tratados y de leyes aprobatorias de tratados.
Caracteristicas del control que ejerce la corte constitucional.
Revision formal de la ley aprobatoria y de las enmiendas desde el punto de vista material.
La ley cumplio cabalmente el procedimiento legislativo previsto en la carta politica y en la ley 5 de 1992; Y desde el punto de vista material las enmiendas adoptadas por la asamblea mundial de salud se ajustan a los preceptos consagrados en la carta politica.exequibles la ley y las enmiendas
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1113/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1113 de 27 de diciembre de 2006, por medio de la cual se aprueban las "Enmiendas a la Constitucion de la Organizacion Mundial de la Salud, OMS : "Enmiendas al articulo 7deg", adoptada por la 18a Asamblea Mundial de la Salud, el 20 de mayo de 1965; "Modificacion de los articulos 24 y 25", adoptada por la 51a Asamblea Mundial de la Salud, el 16 de mayo de 1998, y la "Adopcion del texto en arabe y de la reforma del articulo 74", adoptados por la 31a Asamblea Mundial de la Salud, el 18 de mayo de 1978.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES las "Enmiendas a la Constitucion de la Organizacion Mundial de la Salud, OMS: "Enmiendas al articulo 7deg", adoptada por la 18a Asamblea Mundial de la Salud, el 20 de mayo de 1965; "Modificacion de los articulos 24 y 25", adoptada por la 51a Asamblea Mundial de la Salud, el 16 de mayo de 1998, y la "Adopcion del texto en arabe y de la reforma del articulo 74", adoptados por la 31a Asamblea Mundial de la Salud, el 18 de mayo de 1978.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.