C-154 de 2002
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Jean Pierre Aguado Gomez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Trámite de proceso para definición
- Correspondencia lógica entre cargo y contenido de disposición acusada y norma constitucional violada
- Exención de rigorismos técnicos en presentación
- Razones por las cuales textos acusados se estiman violados
- Recibo de la misma protección y trato de las autoridades
- Aplicación por vacío jurídico
- Significado
- Elemento fundamental
- Análisis de razonabilidad del trato desigual
- Justificación razonable en diferencia de trato
- Competencia de jueces civiles y promiscuos en única o primera instancia atendiendo existencia
- Establecimiento de única o doble instancia atendiendo existencia o no del despacho judicial
- Distinto procedimiento por la presencia de la doble instancia
- Diverso trato jurídico atendiendo existencia o no del despacho judicial
- Concesión de instancias dependiendo del sitio en que se inicie
- Diferencia de trámite atendiendo existencia de despachos judiciales
- Instancias distintas para asuntos iguales atendiendo existencia de jueces de familia
- Trámite en una o dos instancias atendiendo existencia de despachos judiciales
- Excepciones legales que respeten garantías constitucionales
- No es imprescindible e imperativo
- Definición
- Análisis constitucional de la totalidad del contexto
- Integración
- Aplicación de normas generales de código procesal
- Relación de proporcionalidad entre trato desigual y fin perseguido
- Aplicación de normas generales sobre competencias contenidas en Código de Procedimiento Civil ante inexequibilidad
- Distinto modo por presencia de la doble instancia
- Situación de hecho distinta que atiende existencia de jueces de familia
- Distinción por ausencia de jueces en municipio
- Criterio de comparación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 2272 de 1989.
Art. 7.
Jurisdiccion de familia.
Crea despachos judiciales.
Juzgados de familia.
Competencia de los jueces civiles y promiscuos municipales.
Primera instancia.
Competencia por razon de la cuantia.
Trato discriminatorio.
Ineptitud sustantiva de la demanda
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2272/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Declarar INEXEQUIBLE el numeral 2deg del articulo 7deg del Decreto 2272 de 1989.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.